CONSEJO DE GOBIERNO

La Junta autoriza la urbanización de suelos para la construcción de 811 VPO en la capital

Los terrenos se sitúan cerca de la carretera de Trassierra, una de las zonas de expansión de la capital cordobesa
Huerta de Santa Isabel
photo_camera Zona de Huerta de Santa Isabel en Córdoba capital

El Consejo de Gobierno ha autorizado a la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía (AVRA), dependiente de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, un gasto para acometer la urbanización de los terrenos en la PAU-4 de Huerta Santa Isabel Oeste en la ciudad de Córdoba. Una vez complete su desarrollo, tendrá capacidad para 811 nuevas viviendas en suelos de titularidad de la agencia. Todas ella serían VPO ya que AVRA solo puede construir ese tipo de viviendas.

El artículo 28.1 de la Ley 1/2022, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2023 dispone que se requerirá acuerdo del Consejo de Gobierno para autorizar cualquier tipo de expediente de gastos cuyo importe global sea igual o superior a los ocho millones de euros. En este caso, la actuación prevista en el PAU-04 de Huerta de Santa Isabel Oeste requiere de un gasto de más de 10 millones de euros (10.725.998 euros, IVA excluido).

Estos terrenos se sitúan cerca de la carretera de Trassierra, una de las zonas de expansión de la ciudad de Córdoba, y, con este trámite, se da continuidad al desarrollo residencial del entorno (Huerta de Santa Isabel Este).

Con esta autorización se retoma un proyecto que se inició hace 20 años, cuando el Consejo de Administración de AVRA acordó singularizar una actuación residencial en Huerta de Santa Isabel para actuar sobre una superficie de 494.339 m2 con una edificabilidad de 395.471 metros cuadrados. Estos terrenos figuraban clasificados como suelo urbanizable no programado, de modo que su desarrollo exigía aprobar una ordenación detallada para su ejecución. Se obtuvo en 2004, con el Plan de Sectorización.

Posteriormente, el Ayuntamiento aprobó el Plan Parcial que contenía la ordenación detallada de los terrenos y que tuvo que ser modificado al advertirse, durante unas actuaciones arqueológicas preventivas, la presencia de restos arqueológicos de época califal. Dicha modificación incluía adecuar la ordenación a los restos, de modo que quedasen integrados en la reserva para espacios libres prevista en el planeamiento.