Primera jornada del juicio por abusos en Pozoblanco

Los miembros de La Manada se consideran en bloque "inocentes" y se niegan a declarar

El juez opta por determinar en su sentencia final si acepta o no como prueba los videos grabados por dos de los acusados en el coche de camino entre torrecampo y Pozoblando donde ocurrieron los hechos
La manada en el juicio de Córdoba
photo_camera La Manada en el juicio de Córdoba. Foto: EFE

Primera jornada del juicio en Córdoba a los cuatro acusados de La Manada por un delito de abusos sexuales a una joven de 21 años en la localidad cordobesa de Torrecampo el pasado 27 de agosto de 2016, en la que los cuatro, Antonio Jesús Cabezuela (entonces militar), Jesús Escudero, José Ángel Prenda y Antonio Manuel Guerrero (entonces guardia civil), se han declarado, a preguntas del juez del Juzgado de lo Penal número 1 de Cordoba, Luis Javier Santos, "inocentes" de los cargos que se les imputa y se han acogido en bloque a su derecho de no declarar ni responder a más preguntas.

Una estrategia de su defensa, personalizada por el letrado Agustín Martínez, después de el magistrado optara por demorar a la sentencia su decisión sobre la nulidad o no de los dos vídeos que grabaron los procesados sobre los hechos de camino en un vehículo de Torrecampo a Pozoblanco. Concretamente, se les acusa de de delito de abusos sexuales, delito contra la intimidad y para el conductor del turismo una multa de 720 euros por supuestamente causar lesiones leves a la víctima.

Y es que Martínez pretendía no sólo que se anularan los vídeos como prueba, sino que incluso se suspendiera la vista hasta que no hubiera decisión del juez, ya que sin esa prueba no había literalmente causa. Para ello ha alegado en las cuestiones previas, que esas grabaciones se obtuvieron de forma ilícita sin control judicial, vulnerando los derechos constitucionales de sus clientes, ya que la policía foral de Navarra los consiguió sIn que hubiera autorización judicial, ni tampoco denuncia previa por parte de la vÍctima y sin autorización por parte de los acusados a que sus teléfonos móviles fueran exprimidos hasta ese punto.

En cualquier caso, sus argumentaciones fueron luego rebatidas tanto por el fiscal del caso, Jesús Aparicio, como por el abogado de la acusación Blas Arévalo y la representante de la acusación popular a cargo de la Asociación Clara Campoamor, Patricia Catalina, con sentencias que demuestran que en casos similares esas pruebas fueron consideradas válidas, así como el hecho de que está recogido en los autos de Pamplona la "autorización expresa" de los acusados a que se usaran sus móviles para la investigación, para lo cual, en presencia de su letrado, aportaron las claves correspondientes de entrada.

Es más, Jesús Aparacio he puesto como ejemplo de la legalidad de aprueba obtenida el hecho de que un agente de policía en cualquier circunstancia, como ir montado en un autobús, si viera o escuchara alguna situación que requiriera de su intervención tendría que hacerlo, "porque ni puede ni debe mirar para otro lado ni tampoco dejar de escuchar".

Martínez, en su alocución, ha recordado que "en derecho penal no todo es válido, ni lícito", como ocurre cuando no hay una investigación criminal concreta sobre el caso de Córdoba, por lo que ha considerado que la investigación de los dos agentes enviados desde pamplona a investigar en Pozoblanco fue un "exceso policial" para "una causa general" contra sus clientes.

De hecho fruto de esa investigación, y tras contemplar los vídeos, la joven cordobesa decidió poner denuncia. Y no es lo único que hizo, ya que la acusación popular ha presentado como prueba añadida (y aceptada) que la víctima acudió a urgencias por intento de autolesión. Es de suponer que por la presión que estaba experimentando.

En este sentido, el togado ha aceptado incluir la prueba sin que ninguno de los presentes se negara a ello, s bien Martínez no ha podido ocular su "estupefacción" por el hecho de que fuera la abogada de la acusación popular lea que lo presentara, en lugar del letrado que representa a la víctima.

Martínez, por tanto, ha subrayado que "la chica denunció con el vídeo y añadió una serie de elementos que están fuera del vídeo", con "tres escenarios distintos", como con una conversación telefónica, su denuncia en el Juzgado de Pozoblanco y luego una siguiente declaración que presta en instrucción.

Además, ha citado que "no contentos con eso, los agentes, además de llevarse ya el preciado trofeo de la denuncia, que pudiera servir como justificación de la investigación, no se les ocurre mejor cosa que extraer pelos de la chica para averiguar seis meses después si tenía 'burundanga'". Por ello ha insistido en "lo absurdo que sería" continuar con un proceso en que acusados y víctima pasarían de nuevo "por un calvario inútil".

Las razones por las que el juez ha decidido continuar con el juicio y señalar en su sentencia final si considera o no nulos los vídeos, es que no son la única prueba en el procedimiento, al tiempo que ha puntualizado que, en efecto, los cuatro dieron su consentimiento para entrar en su terminales móviles, que es donde se localizaron las grabaciones, por lo que finalmente ha escuchado la petición del fiscal, quien tras el juicio se ha sentido satisfecho de que así fuera.

La defensa, además, pedía la alteración del orden de la prueba, de modo que sus clientes pudieran declarar únicamente cuando supieran exactamente de qué se les va a acusar en este proceso. Cuestión que le juez lo ha negado, si bien tampoco les va a impedir decir la última palabra una vez conozcan esa situación, como de hecho "ya saben, porque conocen perfectamente los hechos que se les imputan".

Por otra parte, el juez ha acordado la ampliación del informe pericial sobre la víctima, después de que la acusación popular ha presentado un informe médico del 27 de agosto de este año sobre unos hechos personales e íntimos de la víctima, que tuvo que acudir a urgencias.

En este caso, el fiscal y la acusación particular no se han opuesto, así como tampoco la defensa, que, no obstante, sí ha mostrado "la perplejidad y estupefacción" por que dicho informe no lo presente el abogado de la joven.