LUCHA CONTRA LA PANDEMIA

Andalucía rechaza la imposición de nuevas medidas del Ministerio frente a la Covid-19

Con una serie de restricciones para el ocio nocturno, la restauración, para fumar y con medidas para las vacunaciones
El cordobés Jesús Aguirre, consejero de Salud y Familias
photo_camera El cordobés Jesús Aguirre, consejero de Salud y Familias

La Junta de Andalucía ha instado a que las propuestas del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud frente a la pandemia de Covid-19 "no sean de obligado cumplimiento si no se aprueban por consenso y que se ciñan a recomendaciones".

Así lo ha señalado el consejero de Salud y Familias, el cordobés Jesús Aguirre, durante su participación en el pleno de este órgano, donde ha rechazado la imposición de estas nuevas acciones presentadas por el Ministerio de Sanidad vinculadas a Educación, ocio nocturno, hostelería, eventos multitudinarios, vacunación y consumo de tabaco, entre otras. 

El consejero ha recordado que "las competencias en materia de Salud Pública son de las comunidades autónomas y, por tanto, entendemos que dichas propuestas deben quedar en recomendaciones, ya que no aportan nada nuevo a las que ya están vigentes en Andalucía a propuesta del Consejo de Alertas de Salud Publica de Alto Impacto".

Según Aguirre, "no es lógico que si la decisión del Gobierno de España fue decaer el estado de alarma y no dotarnos de herramientas jurídicas necesarias, ahora proponga adoptar medidas de competencia autonómica".

Por otro lado, el titular de Salud y Familias también ha reclamado que la administración de la vacuna de Janssen se lleve a cabo conforme a criterios científicos. "En Andalucía queremos que todas las vacunas se puedan aplicar en todas las edades, siempre que así lo refrenden la Agencia Española del Medicamento, la Agencia Española y las sociedades científicas", ha indicado.

Por último y, respecto al Certificado Europeo de Vacunación, Aguirre ha celebrado que "Andalucía haya sido una de las comunidades autónomas participantes en este proyecto que se pondrá en funcionamiento a la mayor brevedad posible".

Y es que la Comisión de Salud Pública, en la que se encuentran representadas todas las comunidades autónomas y el Ministerio de Sanidad, aprobó ayer, miércoles, la actualización de las 'Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de Covid-19', cuya principal novedad es el anexo 'Recomendaciones para la organización de eventos y actividades multitudinarias en condiciones de seguridad' según se encuentre la localidad en estado de nueva normalidad o nivel de alerta 1, 2, 3 y 4.

Las medidas estarán vigente hasta que el 70% de la población esté vacunado y hasta seis comunidades han votado en contra del nuevo plan, entre ellas Andalucía. El resto son Madrid, Catalunya, Euskadi, Murcia y Galicia.

En la nueva normalidad y los niveles de alerta 1 y 2 hay indicaciones generales comunes como por ejemplo que no se permitirá fumar, consumir otros productos del tabaco, ni cigarrillos electrónicos. La venta o consumo de alimentos y bebidas se realizará únicamente en el área destinada a ello en espacios cerrados. Asimismo, se reforzará la vigilancia del cumplimiento de la obligatoriedad del uso de mascarilla durante la permanencia en el evento, así como en los momentos de entrada y salida. También se incluye la recomendación de que el público sentado tenga localidades preasignadas mediante registro previo.

En los eventos y actividades multitudinarias se dispondrá también de carteles u otros medios informativos en los accesos principales y demás dependencias sobre las medidas preventivas y de seguridad sanitarias. Y, se adoptarán medidas para evitar posibles aglomeraciones y se dispondrá de un protocolo de limpieza y desinfección.

Los aforos permitidos en cada una de las situaciones (nueva normalidad, nivel de alerta 1 o 2) también se especifican en el documento. Cabe destacar que en los dos últimos niveles se indica que no se celebrarán eventos multitudinarios.

Ocio nocturno, hostelería y restauración

En la actualización se incluyen, asimismo, algunas medidas y recomendaciones para los locales de ocio nocturno y de hostelería y restauración. Entre ellas que en las discotecas y locales de ocio nocturno en el nivel 1 no se podrá superar un aforo del 50% en el interior del local y las mesas tendrán un límite de seis personas. En el exterior las mesas serán como máximo de diez personas. En el nivel 2 serán las comunidades autónomas las que evaluarán la autorización de la apertura de estos locales, pero, en cualquier caso, el aforo máximo será de un tercio en interiores. En los niveles 3 y 4 ni siquiera se permitirá la apertura de dichos locales.

Respecto a hostelería y restauración, el aforo permitido será de un máximo del 60% en nueva normalidad. En las terrazas al aire libre se podrán ocupar la totalidad de las mesas permitidas siempre asegurando la distancia entre sillas de diferentes mesas de al menos 1,5 metros. Se permite el servicio y consumo en barra, manteniendo la distancia antes mencionada. Las mesas tendrán un límite de seis personas en interior y de 10 en exterior.

Yendo más al detalle, el consumo de bebidas y alimentos en locales de ocio nocturno, tanto en zonas interiores como exteriores, se hará sentado en mesas, debiendo asegurarse el mantenimiento de la debida distancia de seguridad un mínimo 1,5 metros entre las sillas de diferentes mesas.

El horario de cierre de estos establecimientos será a las 02.00 ampliable a las 03.00 horas.

Para la hostelería y restauración, en los territorios fuera de los niveles de riesgo el aforo permitido será de 50% en interior pudiéndose incrementar en un 10% si se aplican medidas de control de riesgos que garanticen un alto nivel de ventilación y control de la calidad del aire.

En las terrazas al aire libre se podrán ocupar la totalidad de las mesas permitidas debiendo asegurarse el mantenimiento de la debida distancia de seguridad un mínimo 1,5 metros entre las sillas de diferentes mesas. Se permite el servicio y consumo en barra, manteniendo la distancia antes mencionada.

Las mesas tendrán un límite de seis personas en interior y de 10 en exterior, y el horario de cierre de estos establecimientos será como máximo a la 01.00 horas y se dejará de servir a las 24.00 horas.

Sobre eventos y actividades multitudinarias no ordinarias, los organizadores de los eventos multitudinarios, en coordinación con las autoridades locales, deberán realizar una evaluación del riesgo del mismo y en función de ella, se deberán implementar las medidas específicas adicionales de reducción de riesgos de transmisión si fuera necesario. Esta evaluación de riesgo debe estar disponible para las autoridades sanitarias en caso de que se requiera.

Medidas sobre vacunación

Las comunidades autónomas o ciudades con estatuto de autonomía implementarán la campaña de vacunación siguiendo la estrategia de vacunación frente a Covid-19 aprobada por la Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud y a propuesta de la Ponencia de Programa y Registro de Vacunaciones de dicho Consejo Interterritorial.

Así, deberán disponer de todos los materiales, equipos y recursos necesarios para la administración de las vacunas que provea el Ministerio de Sanidad y aportarán la información procedente de los registros y sistemas de información de vacunas, o de cualquier otro sistema con información de interés en el marco de sus competencias el Registro Estatal de Vacunación frente al SARS-CoV-2 (REGVACU) gestionado por el Ministerio de Sanidad.

Consumo de tabaco y productos relacionados

No se permitirá fumar en la vía pública o en espacios al aire libre cuando no se pueda respetar una distancia mínima interpersonal de, al menos, dos metros. Esta limitación será aplicable también para el uso de cualquier otro dispositivo de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas o asimilados.

No se permitirá fumar, consumir otros productos del tabaco, ni consumir cigarrillos electrónicos en el área destinada al público de los eventos y actividades multitudinarias no ordinarias al aire libre.