CONTROLES DE ALCOHOLEMIA Y DROGAS

La Policía Local sanciona en una semana a cuatro conductores por positivo penal en alcohol y a tres por presencia de drogas

El fin de semana se efectuaron 156 pruebas a personas conductoras, que arrojaron 7 infracciones administrativas por tasa de alcoholemia y 4 penales 

Control de alcoholemia

La Policía Local de Córdoba ha sancionado en la semana del 2 al 8 de abril a cuatro personas conductoras por positivo penal en tasa de alcoholemia y a otras tres con la correspondiente sanción administrativa tras dar positivo en los test de presencia de drogas, según la información facilitada por la Delegación de Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento. 

En concreto, durante la última semana se efectuaron un total de 156 pruebas de alcohol y drogas a personas conductoras, concentrándose la mayor parte de ellas en los controles preventivos de fin de semana. Ello ha dado lugar a un total 7 sanciones administrativas a conductores por tasa de alcoholemia, otras 4 de carácter penal por alcoholemia, y 3 de carácter administrativo por presencia de drogas. 

Cabe destacar que las tres sanciones por presencia drogas en personas conductoras durante siete días casi se acercan en número a las sanciones penales por tasa de alcoholemia (4) en el mismo periodo. 

El informe policial detalla que dos de los positivos penales por alcoholemia se sancionaron a raíz de un accidente y una infracción de tráfico. Así, el 7 de abril a las 07.00 horas se produce el choque de un vehículo con resultado de daños en señal de tráfico y en la mediana en la Avenida del Corregidor. El conductor es sometido a prueba de alcoholemia arrojando resultado positivo penal.

Además, al corregir una infracción de tráfico día 8 de abril a las 08.30 horas, agentes de la Policía Local detectan evidentes síntomas de que el conductor del turismo lo hacía bajo los efectos de alcohol y, tras ser sometido a la prueba, arroja un resultado positivo penal.

Sobre la prevención de conductas ilegales y de riesgo relacionadas con la conducción y el consumo de alcohol o de drogas, el teniente de alcalde de Seguridad Ciudadana, Emilio Aumente, ha insistido en defender el “respeto absoluto a la normativa” al tiempo que ha abogado por “la responsabilidad personal para prevenir accidentes que causan dolor y que pueden no tener remedio”. 

Auto Tribunal Constitucional 

Respecto a las sanciones administrativas por presencia de drogas, cabe destacar que el Tribunal Constitucional ha resuelto, sobre el consumo de drogas en la conducción y entre otros, en el Auto 174/2017 de 19 de diciembre de 2017 y publicado en el BOE n.º 15 de fecha 17 de enero de 2018, que El artículo 65.5 c) de la Ley 6/2014, que al tipificar como infracción administrativa conducir «con presencia en el organismo de drogas», respeta el principio de taxatividad, pues enuncia con claridad, precisión y de forma inteligible la conducta prohibida. La circunstancia de que esta norma no exija que las drogas consumidas influyan en la conducción para incurrir en este ilícito así como el hecho de que puedan permanecer en el organismo más tiempo del que duran sus efectos son cuestiones que a efectos de apreciar la vulneración del principio de taxatividad resultan irrelevantes, pues no inciden en el ámbito garantizado en este principio, que, como se acaba de indicar, no tiene más alcance que el de asegurar que la tipificación de las infracciones y la de sus correspondientes sanciones se efectúa con precisión y claridad”. “…Lo que se prohíbe es conducir con presencia de drogas en el organismo, influya o no su consumo en la conducción, los ciudadanos pueden conocer el ámbito de lo prohibido, por lo que las exigencias de certeza y seguridad jurídica que este principio garantiza han sido respetadas por la norma que tipifica esta infracción.”