MEDIO AMBIENTE

El Pleno del 28 de julio, correspondiente a agosto, aprobará definitivamente la Ordenanza de Movilidad

Se han incluido tres añadidos a propuesta del CMC y del Consejo Social y una de ellas es que los VMP dispongan de un seguro de responsabilidad civil general
Patinete eléctrico en vía urbana
photo_camera Patinete eléctrico en vía urbana

El Pleno ordinario de agosto, que como suele ser habitual se celebra a finales del presente mes de julio, concretamente el próximo día 28, va a aprobar definitivamente la Ordenanza de Movilidad, después de que el Ayuntamiento aceptara añadir tres nuevos elementos al borrador a propuesta del Consejo Social de Ciudad, en su dictamen del pasado 10 de mayo, y del Consejo del Movimiento Ciudadano (CMC), que emitió dictamen al respecto el 9 de mayo.

De este modo, la Ordenanza de Circulación, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible, cuyo objeto es regular en todo el término municipal la circulación y los demás usos y actividades que se realicen en las vías, espacios y terrenos urbanos aptos para la circulación, las vías y terrenos que sin tener tal aptitud sean de uso común, así como a las personas usuarias de tales vías, espacios y terrenos, entendiendo por tales a los peatones, a quienes conduzcan toda clase de vehículos y a cualquier otra persona que los utilice o realice actividades sobre ellos, saldrá adelante con las modificaciones ya añadidas.

Esas modificaciones son añadir un último apartado x) en el punto 2 del artículo 6 sobre la Mesa de Movilidad para incluir en su composición un técnico del Área de Infraestructuras. Igualmente, añadir un punto 2 al artículo 48, que habla sobre las condiciones de uso de Vehículos de Movilidad Personal (VMP) y ciclos de más de dos ruedas, para el desarrollo de una actividad económica. Ese punto 2 incluye que "será obligatorio que los VMP, con independencia de que su uso sea personal o destinado a una actividad económica, dispongan de un seguro de responsabilidad civil general con cobertura en caso de accidente para daños materiales y personales a terceras personas".

Finalmente, para la tercera modificación hay que irse hasta el artículo 107, sobre usuarios no habituales de las zonas ACIRE, donde se ha incluido un punto 8 que habla de usuarios de actividades estrictamente relaciones con los vehículos como Parking y Venta Reparación de Vehículos.