JUZGADOS

A juicio este miércoles dos sanitarios por la muerte de un bebé tras un parto

Están acusados de una falta de homicidio por imprudencia leve, por su actuación en el parto de un bebé que murió 22 días después en el Hospital Reina Sofía de la capital cordobesa

Foto Reina Sofía

El Juzgado de lo Penal número 3 de Córdoba prevé celebrar este miércoles el juicio a un hombre y una mujer, ambos sanitarios, acusados de una falta de homicidio por imprudencia leve, por su actuación en el parto de un bebé que murió 22 días después en el Hospital Reina Sofía de la capital cordobesa. El fiscal ha pedido para ambos multas de unos 405 euros.

Según recoge la calificación del Ministerio Público, a la que ha tenido acceso Europa Press, los dos procesados ejercían como matrona y tocólogo, respectivamente, el día 25 de diciembre de 2007 en el Hospital de Montilla (Córdoba), fecha en la que nació el bebé, aunque la denuncia por la actuación de los profesionales fue interpuesta en mayo de 2008.

En concreto, la madre acudió al hospital montillano el día 25 de diciembre de 2007, porque era "gestante de 39 semanas con contracciones cada cinco minutos". Tras la evaluación correspondiente, quedó ingresada en el centro. Así, sobre las 23,40 horas, se extrajo al recién nacido "con fórceps por pérdida de bienestar fetal".

Después de "la extracción", el recién nacido presentaba "un latido cardíaco bajo y ausencia de respiración espontánea", por lo que fue "necesario intubar, sin recuperar tono muscular, ni recuperación espontánea", según detalla el fiscal, que explica que "en la primera hora de vida recuperó la respiración, sin necesidad de oxígeno suplementario". No obstante, a partir de las cuatro horas de vida "presentó secreciones muy espesas, que obstruían el tubo endocraneal y la boca".

Al respecto, se produjo "un empeoramiento de la auscultación cardiopulmonar y deterioro respiratorio importante", que hizo "necesario" una nueva intubación y el traslado a la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI) neonatal del Hospital Reina Sofía, con diagnóstico de "sufrimiento fetal agudo y depresión respiratoria".

Una vez en dicho centro hospitalario, la evolución fue "desfavorable desde el principio", de manera que falleció el día 15 de enero del año 2008 por "hipóxico-isquémica severa y sepsis por S.Viridans".

En el período expulsivo del parto, como "período de controversia", por parte de la matrona "existe un retraso en la detección de intensa actividad uterina de la parturienta", que "se cifra en 15 minutos", según apunta la Fiscalía.

Mientras, en el caso del doctor, considera que "existe una falta de atención o vigilancia de la intensa actividad uterina, que se estaba produciendo, en la parturienta, la cual no fue detectada por el mismo en la visita realizada justo antes de decidir entrar en quirófano para realizar una cesárea, que no consta que tuviera urgencia o necesidad imperiosa de realizarse en ese preciso momento".

Según precisa el Ministerio Público, lo que se ha producido en este período expulsivo es "un sufrimiento fetal durante el parto, motivado precisamente por la excesiva actividad uterina", a lo que agrega que a las 23,00 horas el registro de la frecuencia cardiaca fetal "no es limpio y aparece alterado", por lo que "puede surgir la duda --a la matrona que asiste a la parturienta-- de que se haya soltado el electrodo o que haya interferencia con la frecuencia cardiaca materna".

Asimismo, indica que "se impone la necesidad de un control más exhaustivo y a partir de este momento, según el forense, habría de extremar las medidas de observación", dado que "con esa dinámica uterina se podía sospechar la producción de una lesión en el recién nacido".

Igualmente, se señala que el medicamento dirigido a inhibir el parto "se administra 15 minutos después" por la acusada y en ese momento encarga avisar al tocólogo, que "no puede acudir, por haber iniciado una cesárea urgente, acudiendo al paritorio a las 23,30 horas", donde ya se encontraba la denunciante, y practicó la extracción del feto con fórceps.

A juicio de la Fiscalía, "de haber actuado los denunciados con mayor diligencia en la detección y vigilancia de la intensa actividad uterina de la parturienta, se habría evitado la braquicardia fetal y las ulteriores lesiones con las que nació el bebé, que fueron causa directa e inequívoca de su muerte 22 días más tarde".