DEDICACIÓN A TIEMPO PARCIAL

Timoteo deberá saldar su deuda con la Hacienda local antes de que el Pleno decida su compatibilidad

El secretario del Pleno estima que se pueden determinar fórmulas de pago para que la devolución no le resulte muy oneroso a la edil
Eva Timoteo
photo_camera Eva Timoteo

La concejal de Ciudadanos Eva Timoteo deberá acreditar de forma documental y fehaciente que ha satisfecho íntegramente a las arcas municipales la cantidad cobrada de forma indebida por su acreditada vulneración e infracción de la normativa vigente en materia de incompatibilidades antes de que el Pleno pueda "adoptar un futuro acuerdo de autorización de compatibilidad para el ejercicio de actividades privadas como procuradora de los tribunales, en régimen de dedicación parcial".

Así lo ha señalado un último informe elaborado hoy por el secretario del Pleno, Valerio Lavela, a petición del concejal delegado de Presidencia, Seguridad, Vía pública y Movilidad, Miguel Ángel Torrico, tras la renuncia de Timoteo a mantener sus delegaciones de gobierno y su régimen de dedicación exclusiva en el Ayuntamiento.

Bancada de Ciudadanos y PP en el Pleno

Torrico había demandado saber, vía informe, el procedimiento a seguir para hacer efectiva la regularización económica de la edil de Cs respecto a la devolución, en su caso, de ingresos indebidos.

Esa cantidad será, según Lavela, la resultante de la liquidación que se haya previamente practicado por la Intervención General municipal según la documentación e informes previos que se hayan incorporado al expediente incoado. Se trataría de restar al total bruto percibido por Timoteo Castiel entre el 4 de julio de 2019 y el pasado día 17 de febrero de 2021 y el total bruto percibido, en concepto de aranceles legalmente establecidos, por la edil, percibidos como procuradora de los Tribunales en la fecha antes citada.

Salga lo que salga de esa operación, el Pleno determinará una cantidad máxima y otra mínima mas allá de las cuales no podrá estar la cifra real que tenga que abonar a las arcas municipales, además de señalar las fórmulas de pago para satisfacer la deuda. En este sentido el secretario indica que sería, igualmente, válido tanto su ingreso directo o bien esa cantidad a lo que vaya a cobrar a partir de ahora en su dedicación parcial.

EVA TIMOTEO CON ISABEL ALBÁS FOTO RAFA MELLADO SENIOR

¿Y por qué tiene que abonar primero su deuda antes de que se decida su dedicación parcial futura? Porque la aprobación a un capitular por el Pleno de un régimen retributivo de dedicación exclusiva o parcial, "sería incompatible con una situación previa personal de deudor con la hacienda local por parte del concejal beneficiario de cualesquiera de dichos regímenes retributivos". Traducido: No puede tener deuda algún con el Consistorio.

En este punto, el secretario advierte que si no se satisface la deuda, la responsabilidad no sólo refería en Timoteo, sino también en autoridades y cargos públicos y a la propia Intervención General municipal como máximo órgano fiscalizador, por alcance como consecuencia de los daños y perjuicios causados a la hacienda pública y que podría exigir el Tribunal de Cuentas del Reino y la Cámara de Cuentas de Andalucía.

TIMOTEO Y CONTADOR

Por cierto que el acuerdo plenario contemplará la prohibición expresa a Timoteo Castiel de no aceptar ni desempeñar, en representación de terceras personas físicas o jurídicas, encargos profesionales propios de la actividad de procurador de los Tribunales en procedimientos judiciales o administrativos contra la Corporación. Tampoco puede aceptar ni desempeñar, en representación de terceras personas físicas o jurídicas, encargos profesionales propios de la actividad de procurador de los Tribunales en procedimientos judiciales o administrativos que tuviesen relación directa o indirecta con las materias propias de la delegación o delegaciones municipales, cuyo desempeño y ejercicio se le hayan conferido en régimen de dedicación parcial.

Por cierto, y como paso previo importante, el secretario del Pleno sigue considerando que hay compatibilidad entre el desempeño de la actividad privada y profesional de procuradora con el ejercicio de la actividad de concejal raso "sin necesidad de formular ningún tipo de solicitud previa al Pleno sobre autorización de compatibilidad", pero sí en el caso de querer simultanear la labor de procuradora con las tareas y funciones propias de una delegación municipal a tiempo parcial (que podrá ser de 2/3, 1/2 o 1/3 de la jornada semanal de trabajo de 35 horas).