LUCHA CONTRA LA PANDEMIA

La provincia al completo sigue en el Nivel 2 de alerta de contagios

En instalaciones deportivas convencionales se permite un 65% de aforo máximo en interior y 75% en exterior
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photo_camera En instalaciones deportivas, un 65% de aforo máximo en interior y 75% en exterior.

En desarrollo de la Orden de la Consejería de Salud de 7 de mayo de 2021, los comités territoriales de Salud Pública de Alto Impacto de las ocho provincias andaluzas se han reunido hoy por vía telemática, presididos por los respectivos delegados territoriales de Salud y Familias, María Jesús Botella, en el caso cordobés, para analizar los datos epidemiológicos en sus respectivos ámbitos de actuación.

Sobre la base de los informes de evaluación específica realizados por la Sección de Epidemiología de las respectivas delegaciones territoriales de la Consejería de Salud y Familias, se ha decidido no proponer ningún municipio para la restricción de la libertad de movimiento ni cierre de actividad no esencial.

En cuanto a niveles de alerta, de aplicación desde las 00.00 horas del jueves, 15 de julio, y durante siete días más, toda la provincia de Córdoba sigue estando en el nivel de alerta 2 dfe contagio, es decir en el Distrito Sanitario Guadalquivir, el Área Sanitaria Norte de Córdoba, el Distrito Sanitario de Córdoba y el Área Sanitaria Sur.

Y volvemos a recordar qu´implica este nivel de alerta (el 2): Por lo pronto, no hay restricciones de movilidad. En los locales de ocio nocturno y discotecas, los clientes deben permanecer sentados con una distancia entre grupos de 1,5 metros. El cierre es a las 02.00 horas. Se permite el 50% de aforo máximo en interior y 100% en terraza. Seis personas por mesa en el interior y ocho en el exterior. Sólo se permiten las barras en exteriores y están permitidas las actuaciones musicales, pero no el baile.

En piscinas de uso colectivo, se deja un aforo del 75% del permitido.

En hostelería y restauración, los clientes sentados con 1,5 metros de distancia entre personas. El cierre es a las 24.00 horas. Con un 75% de aforo en interior y del 100% en terraza. Máxima ocupación de mesas: Seis en interior y ocho en exterior. Permitido el consumo en barra. En hoteles; 75% de aforo en zonas comunes exteriores y 50% en zonas comunes interiores. Actividades de animación con un máximo de 20 personas.

Para las celebraciones tras una ceremonia civil o religiosa, Si se hace en establecimiento hostelero rigen aforos y medidas de hostelería y restauración para este nivel. Si se hace en salones celebraciones o lugar distinto incluso ámbito privado, aforo del 75% en interior con un máximo de 200 personas. Mesas de hasta seis personas. Un aforo del 100% en exterior, con un máximo de 400 personas. Mesas de hasta ocho personas. Se permite el consumo en barra y las actuaciones musicales, pero no está permitido el baile. Cierre a las 02.00 horas.

En celebraciones civiles, con un aforo del 60 %, tanto en espacio cerrado como al aire libre y que permita la distancia interpersonal. Personas sentadas con una distancia mínima de 1,5 metros.

En cuanto a establecimientos recreativos (infantiles, casetas de feria o centros de ocio infantil), en los locales recreativos infantiles se recomienda mantener las burbujas de convivencia escolar. Es necesaria la ventilación, desinfección de manos, y niños de más de 6 años llevarán mascarilla. Aforo máximo de 40% en interior y 50% en exterior. Grupos de hasta 15 niños.

No están permitidos los areneros ni piscinas de espuma. Los centros de ocio y diversión, parques de atracciones y temáticos, y parques acuáticos, con aforo máximo del 60% lugares abiertos y 40% de aforo para lugares cerrados. Las atracciones de feria con filas de asiento tendrán un aforo máximo del 60 % en cada fila. Las atracciones de feria sin asientos, con un aforo máximo del 50% salvo que no se pueda garantizar distancia de seguridad interpersonal, que será del 30%.

A estas alturas, se recomienda que no se celebren fiestas, verbenas, romerías y otras actividades festivas populares o tradicionales.

Para las instalaciones deportivas convencionales (incluidos gimnasios y academias de baile), en deportes federados: Según el protocolo de las federaciones. Permitida la actividad física individual al aire libre. Un 65% de aforo máximo en interior y 75% en exterior. Actividades grupales: 15 personas máximo en interior y 20 en exterior, guardando la distancia de 1,5 metros y con mascarilla. Competiciones con espectadores: 50% de aforo y 1.000 personas como máximo en interior. 60% de aforo y 2.000 personas máximo en exterior.

De igual modo en locales donde se realicen juegos y apuestas, el aforo es del 75% en el local. Con restauración se regirá según normas de hostelería y restauración. No más de seis personas en mesas de juego. El horario de cierre será como máximo a las 02.00 horas, a excepción de los servicios de restauración, que deberán cerrar a las 24.00 horas.

En materia de peñas, asociaciones gastronómicas y recreativas o establecimientos culturales, el aforo máximo es del 75 % y con un distanciamiento interpersonal de 1,5 metros. Si hay actividad de restauración, deben cumplir normas de hostelería y restauración. El cierre es a las 21.30 horas.

Para velatorios, entierros y ceremonias fúnebres, habrá un máximo de 25 personas en espacios aire libre o de 15 personas en espacios cerrados, sean o no convivientes. Sólo 35 personas máximo en funeral o comitiva.

Finalmente, en residencias de estudiantes, con aperturas de zonas comunes al 75% (es decir, bibliotecas, salas juego o de televisión). Los comedores, al 75%, con un máximo de 100 personas interior y de 150 en exterior. Toda actividad de restauración deberá cumplir normas de hostelería y restauración.