ENCINA REALES

Fiscalía pide la absolución al alcalde de Encinas Reales por el contrato de la arquitecta

El regidor contrató a una arquitecta para reforzar la oficina municipal, al sufrir "una enfermedad grave", a lo que se añadía "la sobrecarga de trabajo"
Gabriel González, alcalde de Encinas Reales
photo_camera Gabrile González, alcalde de Encinas Reales

La Fiscalía ha pedido la absolución para el alcalde del municipio cordobés de Encinas Reales, Gabriel González (PSOE), procesado como presunto autor de delitos de malversación de caudales públicos, un delito continuado de defraudación y otro de falsedad en documento público, en relación al contrato de la arquitecta.

Según recoge la calificación del Ministerio Público, a la que ha tenido acceso Europa Press, en el mandato 2007-2011, el regidor contrató a una arquitecta para "reforzar la oficina" de la arquitecta municipal, dado que ésta "sufrió una enfermedad grave", a lo que se añadía "la sobrecarga de trabajo existente", por lo que fue "necesaria la contratación" de otro técnico, "acudiendo con normalidad a su trabajo a desempeñar su cometido".

Respecto a la contratación de la arquitecta, el fiscal expone que el secretario interventor del Ayuntamiento "no apreció ningún tipo de irregularidad", aunque "quizá tenía que haberse fundamentado más", pero "a la vista de la enfermedad de la arquitecta titular" consideró que estaba "fundamentado" y que "no existió incompatibilidad en la adjudicación de un proyecto posterior".

Asimismo, señala que el alcalde "siguió en el procedimiento licitador las indicaciones del secretario interventor y ningún reparo se hizo" al regidor, al tiempo que "nadie le comunicó irregularidad alguna", dado que "el secretario interventor fue el primero que no las apreció", según apunta el Ministerio Público.

Ante todo ello, la Fiscalía indica que los hechos relatados "no son constitutivos de delito alguno", por lo que "no habiendo delito alguno no cabe hablar de autor" y, en consecuencia, "no procede imponer pena alguna".

En este caso, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Lucena ha decretado la apertura de juicio oral en la causa contra el alcalde tras una denuncia del PP de la localidad, que ejerce la acusación popular, la única personada en esta causa, dado que no hay acusación particular.

Desde la acusación se considera que el primer edil supuestamente ha cometido un delito de prevaricación, por el que pide nueve años de inhabilitación; malversación --por la que solicita cinco años de prisión--; fraude --dos años y seis meses de cárcel--, y falsedad --por la que estima que sea condenado a cinco años y medio de prisión--.

Recurso rechazado por la audiencia 

La Audiencia Provincial desestimó en el mes de mayo el recurso de la defensa del alcalde, que solicitaba la aplicación de la doctrina Botín establecida por el Tribunal Supremo (TS) en su sentencia 1045/2007.

En la causa contra el socialista Gabriel González, la Fiscalía había pedido, sin éxito, el archivo de las actuaciones. No obstante, la docrina Botín se puede aplicar contra delitos contra la Hacienda Pública, pero no contra tipos penales, como la malversación, al entenderse que, de esta mantera, se protegen los intereses de la comunidad.