VALLE DE LOS PEDROCHES

La conexión de La Colada y Sierra Boyera requiere expropiar 4.000 metros de una finca rústica en El Viso

Según la información pública de 15 días hábiles abierta por La Confederación Hidrográfica del Guadiana
Embalse de Sierra Boyera
photo_camera Embalse de Sierra Boyera

La Confederación Hidrográfica del Guadiana (CHG) ha abierto el plazo de información pública correspondiente al expediente de expropiación forzosa de 4.000 metros cuadrados en una finca rústica de El Viso, en la comarca del Valle de Los Pedroches, motivado por las obras de emergencia necesarias para la interconexión de los embalses de La Colada, perteneciente a esa confederación, y Sierra Boyera, que es del Guadalquivir.

Esta circunstancia procede de que el pasado 2 de agosto de 2022, el secretario de Estado de Medio Ambiente acordó autorizar la ejecución de estas obras, declarándolas de emergencia. También en el Consejo de Ministros del 20 de septiembre pasado se acordó la toma razón de su declaración de emergencia.

La obra persigue paliar una situación absolutamente excepcional, ya que en cuanto al abastecimiento poblacional, si se analizan los consumos mensuales y las pérdidas por evaporación, de no producirse aportaciones de importancia, peligran las reservas de agua en el embalse, previsión que podría ser peor, ya que se desconoce el nivel de sedimentos existente en el fondo del embalse. A este hecho se suma la pérdida progresiva de calidad del agua conforme desciende el volumen que supone un mayor porcentaje de pérdidas por el incremento de las necesidades de su tratamiento en la planta potabilizadora.

El embalse de Sierra Boyera, con una capacidad de 40,9 hectómetros cúbicos, y situado en la demarcación hidrográfica del Guadalquivir (río Guadalmellato), suministra el agua de abastecimiento humano a 24 municipios localizados en la Zona Norte de la provincia de Córdoba, con unos 79.000 habitantes. Estos municipios se reparten entre la cuenca del Guadalquivir y la del Guadiana.

La media del volumen anual de agua que se suministra desde la presa de Sierra Boyera a la ETAP de Sierra Boyera para atender la demanda es de 8,57 hectómetros cúbicos. A fecha actual, el embalse cuenta con unos 5 hectómetros de agua, estando en situación de emergencia.

Por su parte, el embalse de La Colada tiene una capacidad de 57 hectómetros cúbicos y un volumen embalsado a fecha actual de casi 40, es decir próximo al 70% de su capacidad. No obstante, para suministrar agua desde este embalse al sistema Sierra Boyera se precisa de una conducción de unos 42 kilómetros que conecte La Colada con la ETAP de Sierra Boyera, ubicada junto al embalse de Sierra Boyera. Entre los años 2006 y 2010, la Junta de Andalucía contrató y ejecutó parcialmente la conducción de conexión del embalse de La Colada con la ETAP de Sierra Boyera.

El objeto de dichas obras es la realización de los trabajos necesarios para la interconexión de los dos embalses. Las actuaciones que se van a acometer son un toma flotante en el embalse de La Colada, con balse de tres (2+1) bombas sumergibles, cada una de ellas capaz de dar un caudal de 200 litros por segundo a 30 metros de altura, además de una conducción de impulsión 1 desde la orilla del embalse, de fundición y 700 milímetros de diámetro, hasta el depósito regulador del rebombeo.

También se construirá un depósito regulador, una eestación de rebombeo mediante cinco (4+1) bombas horizontales multicelulares, con caudales unitarios de 100 litros por segundo 240 metros de altura, un calderín anti-ariete, y un conjunto de filtros de anillas entre la salida de los depósitos y la aspiración de las bombas. Eso viene acompañado por un sistema de impulsión y conexión con la conducción existente, grupos electrógenos diésel de 1240 kW (PRP), en contenedor de intemperie e insonorizados, con depósito auxiliar y cuadros eléctricos y sistema de control, el acondicionamiento de la conducción y depósito existente y el refuerzo del pretratamiento en la ETAP de Sierra Boyera antes del tratamiento convencional de la ETAP con un nuevo depósito-laberinto en el que se instalaran distintos tratamientos, oxigenación, y dosificaciones de cloruro férrico, ácido clorhídrico, y sosa caústica.

Los trabajos se ejecutarán principalmente en instalaciones existentes, siendo necesaria la expropiación de una parcela de titularidad privada y de carácter rústico en El Viso.

Una vez acordada la toma de razón en Consejo de Ministros de la declaración de emergencia de las obras, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 58 del texto refundido de la Ley de Aguas, las obras autorizadas en dicha declaración llevarán implícita la declaración de utilidad pública a los efectos de la ocupación temporal y expropiación forzosa de bienes y derechos, así como la urgente necesidad de la ocupación, establecidos en el artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de expropiación forzosa.

La información pública abierta por la Confederación Hidrográfica del Guadiana tiene un plazo de 15 días hábiles desde el pasado día 5 de enero.