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Asaja Córdoba pide que el aceite importado se incorpore a la norma de calidad del aceite de oliva

Agradece al Ministerio de Agricultura que se haya estimado las alegaciones en relación con la definición de cosechero y al uso de recipientes de plástico

Aceite de oliva
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Asaja Córdoba ha valorado positivamente que el Ministerio de Agricultura haya tenido en cuenta, en el nuevo borrador de Real Decreto, las alegaciones presentadas el pasado 26 de junio al borrador de Real Decreto de Norma de Calidad de Aceite de Oliva y de Orujo de Oliva en relación con la definición de cosechero y al uso de recipientes de plástico.

Con el cambio de la definición de cosechero, se corrige las preocupantes consecuencias fiscales que hubieran supuesto de facto la expulsión del régimen especial de IVA para la agricultura y, en muchos casos, la expulsión del régimen de módulos. Con la eliminación de la intención inicial de prohibir los recipientes de plástico, se atiende una demanda del sector que evita un encarecimiento del producto final para el consumidor, evita importantes inversiones a las cooperativas y almazaras privadas, y da más competitividad al aceite de oliva extra, repercutiendo todo ello en un mejor precio a percibir por los olivareros.

  No obstante, y a pesar de esas importantes mejoras y, aunque ha mejorado sustancialmente su redacción con respecto al borrador anterior, no queda aún claro que el aceite procedente de fuera de España y cuyo destino final sea la exportación, ya sea a granel o envasado, le sea de aplicación esta norma de calidad. Por ello, Asaja entiende que “debe concretarse que esta norma sea también de aplicación al aceite que se importe en España, bien de mercados europeos o de terceros países, y cuyo destino final sea la exportación, bien envasado o a granel”.