RECURSO DE LA AUGC

El TSJM reconoce el derecho de un Cabo 1º a ser retribuido por sustituir al Comandante de Puesto de Bujalance

La retribución corresponde los 172 días que el Cabo 1º ha venido sustituyendo al titular durante los últimos dos años

Un Cabo 1º de la Guardia Civil, asesorado por los servicios jurídicos de AUGC en Córdoba y asistido por el abogado Miguel Carbajo, solicitó que se le retribuyera el complemento específico asignado al cargo de Comandante de Puesto de Bujalance correspondiente al tiempo en que ha venido sustituyendo al titular durante los últimos dos años, en total 172 días.

Tanto la Dirección General de la Guardia Civil como el Abogado del Estado se opusieron a dicha petición, pero finalmente el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha acogido favorablemente los argumentos expuestos por los servicios jurídicos de AUGC y ha dictado un Auto estimatorio, declarando el derecho del reclamante al abono del complemento específico correspondiente al cargo de Comandante de Puesto durante todo el tiempo que ha permanecido como sustituto de dicho mando.

A la cuantía económica reconocida deben añadirse los intereses legales, y además el pago de las costas procesales que le han sido impuestas por el TSJM a la Administración demandada.

Pero es que además no es la primera vez que esto ocurre, porque los servicios jurídicos de AUGC ya obtuvieron en 2014 otro auto judicial en idénticos términos a favor de este mismo Cabo 1º, a pesar de lo cual la Administración ha seguido persistiendo en su erróneo criterio, con el coste económico que ello conllevará ahora para las arcas públicas.