Tribunales

Condenan al exgerente de ADIF a cuatro años y 400.000 euros de multa

Obstaculizó durante años la concesión de la licencia de obras a una empresa en un polígono de Andújar y que se ofreció a aligerar el trámite a cambio de 180.000 euros

Ciudad de la Justicia 2
photo_camera Ciudad de la Justicia de Córdoba

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba, tal y como pedía la Fiscalía, ha condenado a una pena de cuatro años de prisión y al pago de una multa de 400.000 euros al exgerente de Mantenimiento de ADIF en Córdoba por la comisión, respectivamente, de los delitos de falsedad y de cohecho, mientras que le absuelve, al igual que a ADIF, del pago de la indemnización de 2,8 millones de euros que reclamó la acusación particular.

Según han informado a Europa Press fuentes judiciales, la sentencia también le condena por el delito de cohecho, además de a la citada multa de 400.000 euros o a un año de prisión en caso de impago, a la suspensión de empleo o cargo público por tres años, mientras que, por el delito de falsedad, además de a los cuatro años de cárcel, también le condena al pago de 12 meses de multa, con una cuota diaria de 12 euros, y a inhabilitación especial por cinco años para empleo o cargo público, con pérdida del mismo e incapacidad para recuperarlo.

La Audiencia ha dictado dicha sentencia después de que el jurado ya considerase al acusado culpable, por unanimidad, al entender que existen pruebas suficientes para concluir que obstaculizó durante años la concesión de la licencia de obras a una empresa en un polígono de Andújar (Jaén), y que se ofreció a aligerar el trámite a cambio de 180.000 euros, llegando para ello a falsificar una carta oficial, para demandar dicha cuantía y dar credibilidad a su exigencia.

Beneficio económico particular

De hecho, el jurado considera probado que entorpeció la tramitación de las licencias que debía conceder ADIF para poder acometer las obras correspondientes, pues dichas licencias dependían de su beneplácito, con la finalidad de conseguir un beneficio económico particular.

Además, se entiende también demostrado que en varias reuniones el procesado solicitó la citada cantidad, garantizando que una vez que la recibiera se resolvería en asunto. A este respecto, el jurado dio por buenas las declaraciones de varios testigos, entre ellos de un detective, de su colaborador y de un empresario que se ofreció a mediar y que fue al que el acusado supuestamente hizo la oferta.

De igual forma, el jurado creyó suficientemente acreditado que el exgerente de ADIF falsificó una carta reclamando unos avales al constructor, que nunca recibió dicha misiva, poniendo el membrete de ADIF y cambiándole la fecha, para dar verosimilitud a su petición económica.

Ante esta sentencia y en declaraciones a Europa Press, el abogado de la defensa, Javier Pulido, ha anunciado que recurrirá el fallo de la Audiencia Provincial de Córdoba, "en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA)", y que pedirá la absolución para su cliente, "por falta de pruebas".