TRIBUNALES

Piden 11 años de cárcel para un hombre que abusó reiteradamente de la hija de su pareja, de diez años

Los hechos tuvieron lugar aprovechando que la madre estaba fuera de casa
Entrada a la Ciudad de la Justicia de Córdoba
photo_camera Entrada a la Ciudad de la Justicia de Córdoba

Un hombre colombiano nacido en 1976 y con permiso de residencia en España, sin antecedentes penales y de iniciales L.B.R. se enfrenta a una acusación de agresión sexual y a 11 años de prisión por abusar de la hija de su pareja, de diez años de edad, aprovechando los momentos en los que la madre estaba fuera de casa. 

Según indica el Ministerio Fiscal los abusos fueron reiterados al parecer desde que la hija de su pareja, nacida en el 2003, tenía diez años. Desde entonces y con frecuencia el acusado se introducía en el dormitorio de la niña "con ánimo libidinoso" y tocaba sus genitales "por encima de las braguitas", según indica el texto de la acusación. La mayoría de las veces esto sucedía aprovechando que la madre estaba ausente. Convivió con ambas en un domicilio de Córdoba capital entre el 2011 y el 2014.

El Ministerio Fiscal narra otros episodios para fundamentar su acusación. En otra ocasión el acusado, aprovechando que la niña dormía, se introdujo en su cuarto y apretó una compresa que la menor tenía puesta, hasta el punto que la despertó, recibiendo una patada, por lo que salió de la habitación. También señala el texto otro día, con la madre también fuera de casa, aprovechó que la niña dormía en la cama de matrimonio para introducirle un dedo en la vagina. En otras dos ocasiones posteriores, sigue la narración de los hechos, volvió a introducir el dedo en la vagina, pero antes le había levantado las braguitas para observar si estaba depilada, y le ofreció a la niña 50 euros si le dejaba que él la depilara.

El acusado también le mostró a la niña vídeos pornográficos con la excusa de enseñarle qué era lo que no debía de hacer con su pareja. 

Además de los 11 años de prisión, el Ministerio Fiscal pide que si se produce la pena, el acusado esté inhabilitado tras ella para ejercer cualquier profesión, retribuida o no, que incluya el contacto regular con menores. En este caso esa inhabilitación sería de tres años superior a la de pena. También se pide un periodo de vigilancia especial que se llevaría a cabo durante cinco años al salir de la cárcel en caso de que se encontrase culpable.