ACCIDENTE LABORAL CON UN OPERARIO HERIDO GRAVE

Piden ocho años para tres acusados de imprudencia en unas obras de Posadas

Una carga de viguetas mal enganchadas en una grúa se cayeron en una zona donde había trabajadores y alcanzó a uno de ellos en la cabeza

juzgados
photo_camera Entrada a los actuales Juzgados de Córdoba

El Ministerio Fiscal solicita una pena de tres años de prisión y multa de 6.000 euros para cada uno de los dos acusados de imprudencia y lesiones en una accidente laboral ocurrido en Posadas en 2006, así como una pena de dos años de prisión y tres años de inhabilitación especial para el cargo de gruista a J.A.H.C., acusado de un delito de lesiones en ese mismo suceso del 29 de noviembre, según la calificación, a la que ha tenido acceso Córdoba Hoy. El juicio oral tendrá lugar el próximo día 17, a las 10.00 horas, en el Juzgado de lo Penal número 4 de la Audiencia Provincial.

El relato de los hechos indica que ese día, a las 16.30 horas, el accidentado estaba trabajando junto con otros operarios en la construcción de una promoción de viviendas en la localidad de Posadas, cuando unas viguetas que estaban atadas a una grúa se soltaron, rebotaron contra el suelo y golpearon al operario, que resultó gravemente herido, hasta el punto de que sufre una incapacidad permanente para el ejercicio de su actividad empresarial y requirió de 566 días para su recuperación, d los 110 estuvo ingresado en un hospital.

Subcontratas

Las circunstancias de esa obra son las siguientes: La promotora había contratado a una constructora, cuyo representante legal es uno de los acusados, D.R.G., que, a la vez, subcontrató para realizar la estructura de la obra a otra empresa, cuyo representante legal es el tercer acusado, C.H.C. Éste último alquiló la grúa causante de los hechos, mientras que el conductor de la grúa, era el responsable de atar la carga (las figueras) y de asegurarse de que no hubiera ningún trabajador por la zona de carga.

Por otra parte, D.R.G. subcontrató también para el cerramiento de la primera planta de la obra a una tercera empresa, que se encargó de contratar a otra empresa para hacer la labor, y cuyo representante legal estaba en principio implicado en este juicio, si bien el fiscal ha optado por solicitar su sobreseimiento provisional.

El caso fue que ese fatídico día el trabajador accidentado, quien entre otras lesiones sufrió traumatismo craneoencefálico con pérdida de conciencia y diversas fracturas en la cara y cabeza, se encontraba llevando mezcla y materiales a los oficiales para elaborar el citado corrimiento con el patio junto con el gruista acusado, que estaba retirando los materiales de la empresa que le había contratado, puesto que la estructura estaba ya rematada.

En una zona con trabajadores

El acusado realizó el amarre, equilibrado, enganchado, elevado y traslado de la carga, consistente en 22 largueros metálicos de cuatro metros de largo, que se precipitaron inclinados sobre el forjado del patio inferior de la entreplanta, en una zona donde estaban trabajando otro operarios y acabaron alcanzando al obrero accidentado.

Según la calificación, los acusados D.R.G. y C.H.C. incumplieron las funciones que tienen encomendadas, "como responsables máximos de las empresas a las que representan", y, en consecuencia, son "los responsables máximos en materia de prevención en riesgos laborales, si bien, según el fiscal, "no adoptaron las medidas necesarias para el desarrollo de las actividades de sus empresas, existiendo una clara y total falta de coordinación entre las empresas". Eso implica la ausencia de un coordinador, mientras que en el plan de seguridad de obra "no existía el documento de aprobación".

La Inspección de Trabajo ha propuesto, por su parte, sanción como infracción grave de las normas de prevención de riesgos laborales a la empresa que elaboró la estructura.