TRIBUNALES

El Juzgado de lo Mercantil cancela los embargos a Silos Córdoba al refinanciar su deuda

Se trata de una empresa puntera en el sector de la fabricación de silos metálicos para almacenaje de grano,  maquinaria de transporte, fábricas de pienso, equipamiento ganadero, y estructuras y revestimientos metálicos

Silos Córdoba
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El Juzgado de lo Mercantil de Córdoba ha anunciado, mediante un edicto publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que ha decretado "la cancelación de los embargos que se hubiesen practicado en los procedimientos de ejecución" que afectasen a Silos Córdoba, S.L., tras haber logrado la empresa refinanciar su deuda.

Así lo recoge el citado edicto judicial publicado recientemente en el BOE, consultado por Europa Press, y en el que se señala que, "en el procedimiento de homologación de acuerdo de refinanciación número 88/19 referente a Silos Córdoba, S.L., se ha acordado" por el Juzgado de lo Mercantil declarar, "a los efectos previstos" en la Ley Concursal, "homologado el acuerdo de refinanciación concertado por el solicitante, Silos Córdoba, S.L., siendo el importe del pasivo financiero que se adhiere a dicho acuerdo de un 92 por ciento".

Es decir, los acreedores que suman la mayor parte de la deuda contraída por Silos Córdoba han aceptado la fórmula de pago, mediante la refinanciación de la deuda, que les había propuesto la empresa en cuestión, radicada en Córdoba y puntera en su sector, que es el de la fabricación de silos metálicos para almacenaje de grano, además de maquinaria de transporte, fábricas de pienso, equipamiento ganadero, y estructuras y revestimientos metálicos.

El edicto judicial señala que "los efectos de la homologación son los previstos en la resolución expuesta, tomando como base a los efectos oportunos que se ha producido una adhesión de un 92 por ciento del pasivo financiero de la instante", Silos Córdoba, "todo ello sin perjuicio del derecho de impugnación o petición de declaración de incumplimiento, en su caso, por quien esté legitimado".

Los efectos del acuerdo de refinanciación de la deuda, según aclara el juzgado, también "se extienden, en los términos de la disposición citada, en especial a los siguientes acreedores: Empresa Nacional de Innovación, S.A. y Mytriplea Financiación, pfp, S.L."

Como consecuencia de todo lo expuesto, por el Juzgado de lo Mercantil "se decreta la cancelación de los embargos que se hubiesen practicado en los procedimientos de ejecución de deudas afectadas por el acuerdo de refinanciación, para lo cual el solicitante", Silos Córdoba, "deberá presentar escrito, en plazo de 30 días desde la notificación" de esta resolución, publicada en el BOE el pasado 3 de abril, "con la relación de embargos que pretenda cancelar al objeto de librar los mandamientos oportunos".

En la solicitud que pueda presentar la empresa de la relación de embargos que quiere que se cancelen "se deberá unir certificado del auditor que ha certificado el quórum de adhesión citado, en el que certifique que cada uno de dichos embargos está asimilado a una deuda afectada por la homologación".

Contra esta resolución, cuya publicación en el BOE y en el Registro Público Concursal había ordenado el Juzgado de lo Mercantil de Córdoba, "no cabe recurso alguno, sin perjuicio del derecho de impugnación de los legitimados".