Al igual que se recoge en los pliegos de Seguridad y Limpieza

UGT solicita a EMACSA la subrogación de trabajadores en los contratos de servicios

dfasdEl sindicato recuerda que la nueva Ley de Contratación del Sector Público, que entró en vigor en marzo, así lo determina en su artículo 130

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El secretario general de UGT-FICA Córdoba, Pedro Téllez, presentará este miércoles, 20 de junio, una solicitud ante el Consejo de Administración de Emacsa para que se garantice –a través de los pliegos de contratación- la subrogación de los trabajadores y trabajadoras que prestan servicios externalizados para la Empresa Municipal de Aguas de Córdoba, al igual que se recoge en los pliegos de Seguridad y Limpieza.

En este sentido, Téllez expone que la nueva Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público (LCSP) “tiene como objetivo primordial transponer al ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento Europeo y de su Consejo (2014/23/UE y 2014/24/UE); y ante esta  circunstancia, se ha llevado a cabo una modificación completa e integral del marco normativo que va a regular la Contratación Pública”.

Conforme a la LCSP, Téllez recuerda que el criterio de adjudicación de los contratos es la “mejor relación calidad-precio”. Este concepto sustituye nominalmente al de “oferta económica más ventajosa”. De esta forma, la mejor relación calidad-precio se evaluará atendiendo a criterios económicos, pero también cualitativos. Entre los criterios cualitativos, el órgano de contratación debe incluir aspectos sociales o medioambientales vinculados al objeto del contrato.

La idea es que el precio deje de ser el criterio central en la adjudicación de las respectivas licitaciones. Por eso, ahora se incluyen parámetros sociales y medioambientales en la elección de las proposiciones y la ejecución de los contratos, aclara Téllez. Hay, por tanto, que establecer en la normas de contratación que se van a presentar en el Consejo de Administración cuáles son esos criterios objetivos de adjudicación social y medioambiental.

Por otro lado, no hay que olvidar que la ley obliga al contratista a cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato  las normas y condiciones fijadas en el Convenio Colectivo Sectorial. A esto hay que añadir que en los contratos el coste de las personas empleadas para su ejecución formará parte del precio total del contrato, por lo que el presupuesto base de licitación indicará de forma desglosada y con desagregación de género y categoría profesional los costes salariales estimados. De este modo, queda claro que los contratos de servicios en los que sea relevante la mano de obra, en la aplicación de la normativa laboral vigente, se tendrán especialmente en cuenta los costes laborales derivados de los convenios sectoriales de aplicación (artículo 101.2)

Por todo ello, en virtud de lo reflejado en el mencionado artículo 130.1, desde UGT FICA Córdoba y desde la Sección Sindical de UGT EMACSA se solicitará la inclusión en los pliegos de licitación, como condición imperativa, la subrogación de los trabajadores y trabajadoras en los contratos de servicios realizados por EMACSA, que vengan a garantizar la estabilidad y garantías en el empleo.