Urbanismo e infraestructuras

Fomento publica la lista provisional de admitidos a las subvenciones para rehabilitar viviendas

La Junta destina a la provincia de Córdoba casi 2,3 millones de euros para un total de 139 ayudas 
Apuntalamiento vivienda Fray Julián de Ávila
photo_camera Apuntalamiento de vivienda en la calle Fray Julián de Ávila

La Delegación de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico de Córdoba ha publicado hoy en la web de la Consejería de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio la Propuesta provisional de resolución de las solicitudes presentadas para la concesión de subvenciones para la rehabilitación de viviendas de la provincia de Córdoba. También se ha publicado la resolución de desistimiento de las solicitudes que no han subsanado en tiempo y forma.

Así lo ha informado la delegada Cristina Casanueva (PP), quien ha puesto de relieve la sensibilidad del Gobierno del cambio de la Junta de Andalucía para agilizar estas ayudas, que afectan a un bien de primera necesidad, como es la vivienda.

El importe de estas ayudas correspondiente a la provincia de Córdoba para la Rehabilitación de viviendas de 2.298.667,14 euros: 2.148.747,14 euros para la línea 1 (obras de conservación, mejora de la seguridad de utilización y accesibilidad) y 149.920,00 euros para la línea 2 (obras para mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad).

CASANUEVA

Las solicitudes presentadas en la provincia de Córdoba han sido 1.073, dos están fuera de plazo. De las 1.071 solicitudes admitidas y después del plazo de subsanación de las solicitudes, resultan 139 beneficiarios provisionales (126 de la línea 1 y 13 de la línea 2) 1.010 beneficiarios suplentes (750 de la línea 1 y 260 de la línea 2) 41 solicitudes no subvencionables (25 de la línea 1 y 16 de la línea 2) y 114 solicitudes desistidas por no subsanar (78 de la línea 1 y 36 de línea 2).

La delegada aha indicado que las personas interesadas pueden consultar su situación en el enlace https://juntadeandalucia.es/organismos/fomentoinfraestructurasyordenaciondelterritorio/areas/vivienda-rehabilitacion/rehabilitacion/paginas/rehabilitacionviviendas.html.

Casanueva añade que los solicitantes que aparecen en el Anexo I de la citada Propuesta provisional como beneficiarios provisionales y los que aparecen en el Anexo II como beneficiarios suplentes tienen un plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación en la web (del 17 al 31 de diciembre inclusive) para presentar el formulario Anexo II donde puedan alegar y comunicar su aceptación de la subvención propuesta. Junto con el citado formulario Anexo II, deberán presentar la documentación acreditativa de los datos consignados en la solicitud, tanto de los requisitos, en la declaraciones responsables, como de los criterios de valoración, según se establece en la base vigésima de las Bases reguladoras.

El formulario anexo II se publicó en la Orden de 17 de junio de 2019 de la convocatoria (BOJA número 124 del 1 de julio de 2019) con la corrección de errores efectuada en el BOJA número 155 de 13 de agosto de 2019.