entre ellos los nuevos de Virgen de Luna, de Pozoblanco, y Antonio Valderrama, de Espiel

Educación licita el servicio de comedor para 22 centros escolares de la provincia

Los contratos tienen un plazo de ejecución de dos años prorrogables por otros dos y beneficiarán a 1.760 usuarios de toda la provincia

comedor escolar
photo_camera Comedor escolar en Córdoba

La Consejería de Educación, a través de la Agencia Pública Andaluza de Educación (APAE), ha hecho pública la licitación del servicio de comedor escolar de 22 de los 112 centros docentes públicos de Córdoba que tienen este servicio y dependen de la APAE. Los contratos tienen un plazo de ejecución de dos años prorrogables por otros dos y beneficiarán a los 1.760 usuarios de estos comedores, entre los cuales se incluyen tanto los dos nuevos autorizados para el curso 2017-18 (el del CEIP Virgen de Luna, de Pozoblanco, y del CEIP Antonio Valderrama, de Espiel), como aquellos que ya están en funcionamiento pero deben renovar sus contratos por estar próximos a su finalización. En total, el próximo curso el servicio de comedor atenderá a más de 15.000 usuarios en los 170 centros de toda la provincia que ofertan este servicio.

La licitación se ha publicado en el Boletín Oficial de la Unión Europea (DOUE) y las empresas tienen de plazo hasta el próximo 14 de junio para la presentación de ofertas. El servicio, que se contrata en régimen de concesión, incluye también el refuerzo de desayuno y merienda para garantizar tres comidas diarias al alumnado de familias en situaciones de exclusión social o riesgo de padecerla, en el marco del Plan Extraordinario de Solidaridad y Garantía Alimentaria.

En el conjunto de Andalucía, Educación ha licitado el servicio de comedor en 551 centros públicos por 58,2 millones de euros. La contratación está fraccionada en 129 lotes y una de las novedades de esta licitación es que se impone una mayor limitación en cuanto al número de lotes al que un licitador puede concurrir, con un máximo de 18. Con ello se pretende facilitar el acceso de las pequeñas y medianas empresas a estos contratos y evitar la excesiva concentración del servicio en pocos agentes.

COMEDOR DEF

Otra novedad es el establecimiento, como criterio de valoración de las empresas licitadoras, de la mejora de las condiciones de contratación de los monitores y monitoras que ejercen las labores de cuidado de los escolares durante el servicio de comedor. Así, puntuará el compromiso por parte del licitador de que la jornada laboral de todo este personal tenga una duración mínima de dos horas, es decir, cubra la totalidad del horario máximo de servicio (de 14.00 a 16.00 horas).

Criterios para la adjudicación

Otros criterios que se tienen en cuenta para la adjudicación son la proximidad de las cocinas centrales respecto a los centros escolares a atender, la cantidad de alimentos ecológicos que se comprometen a incluir en los menús, la disminución del plazo que las familias tienen para avisar de ausencias en el comedor y la mejora de la ratio de cuidadores, establecida actualmente en un mínimo de un monitor por cada 15 comensales en Infantil de segundo ciclo, uno por cada 25 en Primaria, y uno por cada 35 en Secundaria Obligatoria.

Como en anteriores licitaciones, en caso de cambio de adjudicatario el nuevo contratista deberá subrogarse como empleador de los trabajadores y trabajadoras que se encuentren prestando el servicio. Asimismo, es de obligatoria aplicación para las empresas adjudicatarias el convenio colectivo que se encuentre en vigor para sus trabajadores, en este caso, el I Convenio Colectivo estatal del sector laboral de restauración colectiva. La inobservancia del convenio colectivo de aplicación se considera un incumplimiento grave que lleva aparejadas diferentes penalizaciones.

Otros factores que pueden ser causa de resolución del contrato son el incumplimiento de las obligaciones laborales, sociales, fiscales por parte del contratista durante la ejecución del contrato y sus posibles prórrogas; la retirada a la empresa concesionaria de la autorización sanitaria de funcionamiento por parte de la autoridad sanitaria competente, el incumplimiento de la ratio del personal adscrito en función del número de comensales habituales y de su etapa educativa en cada comedor escolar, de la categoría profesional y del número de horas del contrato, el incumplimiento del proceso de elaboración en las cocinas centrales, la subcontratación no autorizada en el pliego (sólo se contempla la posibilidad de la subcontratación del servicio