A LA ENTIDAD CAIXABANK

Un cordobés cancela más de 500.000 euros que debía gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad

La sentencia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Córdoba se dio a conocer el pasado 26 de octubre y no cabe recurso
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photo_camera Ciudad de la Justicia de Córdoba

La Asociación de Ayuda al Endeudamiento ha conseguido cancelar una deuda superior al medio millón de euros que debía a Caixabank un cordobés gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad, según indica el colectivo en un comunicado público remitido a esta redacción, en el que se incluye la sentencia de 26 de octubre pasado fallando en este sentido desde el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Córdoba, contra la que no cabe recurso.

Así, desde el año 2015 el deudor cordobés arrastraba esas obligaciones y ahora ha conseguido comenzar de cero entregando su vivienda como único pago. El proceso, según las mismas fuentes, se ha llevado a cabo aplicando la conocida 'Ley de la Segunda Oportunidad', con una duración de menos de 2 años.

Perder un empleo siempre es sinónimo de dificultades, tanto económicas como anímicas. Esto fue lo que vivió el protagonista del caso allá por 2014, cuando la empresa en la que trabajaba quebró y él quedó desempleado. En apenas un año, su situación fue deteriorándose. Pese a su intento por negociar con las financieras, éstas se mostraban reacias y las reclamaciones y amenazas de embargos tenían mayor fuerza.

Recibiendo una anotación de embargo sobre su vivienda, buscó orientarse un poco sobre el procedimiento de liberación de deudas conocido como 'Ley de la Segunda Oportunidad'. Gracias a la asesoría de los abogados de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, letrados y economistas expertos en la materia, decidió tramitar el procedimiento.

Pepe Domínguez, abogado de la Asociación, explica el motivo de esta decisión: "Teniendo una vivienda a punto de ser embargada y una deuda muy superior a su valor, liquidar fuera del proceso supondría sólo compensar parte de la deuda. La Ley de la Segunda Oportunidad permite entregar ese bien a cambio del perdón de todo lo que debe. Además, ha podido vivir en él durante estos dos años sin pagar absolutamente nada".

La primera actuación llevada a cabo en el expediente de M. L. fue la presentación de un preconcurso de acreedores. "Este escrito permite cesar la obligación de pago y frenar el embargo vigente hasta el final del procedimiento. El respiro económico desde entonces es muy importante", ha señalado Domínguez.

Conforme a la antigua Ley Concursal, se tramitó el acuerdo extrajudicial de pago presentando una propuesta a los acreedores. La respuesta a este intento fue negativa. "Debido a la poca prosperidad de estos acuerdos, este trámite ha pasado a ser no obligatorio. Con la nueva reforma concursal, que entró en vigor el pasado 26 de septiembre, el proceso logra ser más rápido y menos costoso para los deudores", ha indicado el letrado.

Esto es lo que permitió a este hombre solicitar al Juzgado de Córdoba el perdón de sus deudas. "La aplicación y alcance de la Ley de la Segunda Oportunidad quedó fuera de toda duda tras la sentencia emitida por el tribunal. El auto notificado por el magistrado encargado del caso, Antonio Fuentes, detallando la totalidad de deudas exoneradas es un ejemplo modelo de cómo se  debe aplicar la nueva Ley Concursal", ha detallado Domínguez.

La resolución de caso del caso detalla con minuciosidad los créditos que se incluyen en la exoneración: Créditos ordinarios y subordinados reconocidos, créditos no reconocidos en el listado, sean del tipo que sean, anteriores a la declaración del concurso y créditos de derecho público y créditos por alimentos con calificación de ordinarios y subordinados.

Requisitos de la Ley en Córdoba

Los requisitos para aquel que quiera acogerse al procedimiento son: insolvencia, no haber estado en concurso en los 5 últimos años ni haber sido exonerado en 10 y carecer de delitos de orden socioeconómico (estafa, alzamiento de bienes o falsedad documental).

Comprobadas tales condiciones, el tribunal ha emitido el auto concediendo BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho) al deudor. Con esto, queda exonerado de los 539.306,38 euros que debía. Esta sentencia deja sin posibilidades de cobrar absolutamente nada a los acreedores del asociado y salir inmediatamente de todo fichero de morosidad.

La Asociación de Ayuda al Endeudamiento cuenta ya con 105 exoneraciones en lo que llevamos de 2022. La Ley de la Segunda Oportunidad continúa creciendo y se espera una evolución mucho mayor tras la reforma concursal, que permite ciertos beneficios para el procedimiento. Todas las sentencias son de acceso gratuito en su web.