PISOS TURÍSTICOS

Crispación entre propietarios de pisos turísticos ante la entrada en vigor de la nueva ley que regulará el alquiler de estas viviendas

La ordenanza entrará en vigor el 11 de mayo. Su objetivo es que afloren los pisos ilegales que se dedican al alquiler turístico. En Córdoba hay 700 pisos de estas características

 

 

 

Pisos turísticos
photo_camera Asamblea celebrada hoy en la Delegación de Cultura de la Junta de Andalucía

El próximo 11 de mayo entra en vigor la nueva normativa que regula las viviendas alquiladas con fines turísticos.  Este decreto ha suscitado un mar de dudas entre los particulares así como entre inmobiliarias o empresas que se encargan del alquiler de viviendas para turistas. El tema del IVA, los servicios que hay que ofrecer al inquilino, la facturación, la regulación del número de viviendas por zona, o el alta como actividad económica son algunas de las principales preocupaciones y dudas de estos propietarios o empresas que hasta ahora venían ejerciendo la actividad sin una ley que la regulase.

Para explicar en qué consiste este decreto y en qué manera les va a afectar, hoy ha tenido lugar una asamblea en la que han estado presentes representantes de la Agencia Tributaria de Córdoba, técnicos de la Consejería de Fomento y Vivienda, técnicos del Patronato de Turismo de Córdoba, abogados y representantes legales, empresas de alquiler, así como propietarios y asociaciones hosteleras y de hospedaje turístico.

Desde las 10 de la mañana se han estado debatiendo las consecuencias que supone la entrada en vigor de esta nueva ordenanza y que entre otras cosas vendrá a obligar a las viviendas con fines turísticos a que dispongan de licencia de ocupación, además de cumplir con unas determinadas condiciones técnicas y de calidad en relación al mobiliario, refrigeración, ropa de cama, menaje y botiquín de primeros auxilios.

Asimimo, la nueva ley obliga a las empresas y  propietarios de pisos a ofrecer a los usuarios información turística de la zona, así como hoja de quejas y reclamaciones.

Con la entrada en vigor de esta nueva normativa, todas las viviendas con fines turísticos deben estar inscritas en el Registro de Turismo de Andalucía y sus titulares deben presentar la correspondiente declaración para el inicio de la actividad, sino este servicio será considerado ilegal o se incurrirá en una infracción grave.

En esta asamblea, que se ha extendido durante más de tres horas, han tomado la palabra algunos particulares. Este es el caso de Juan. Según explicaba, él vive en una casa muy grande, y tras la marcha de su hija se le ha quedado libre una habitación. Así que ante la coyuntura económica ofrece diariamente esa habitación a turistas que pasan una o dos noches en Córdoba. Según cuenta, los turistas me pagan por la estancia y se van. Su pregunta es que si con esa actividad en la que él ofrece una habitación dentro de su propia casa ahora tiene que darse de alta como actividad económica. La respuesta de los técnicos ha sido rotunda. Sí.

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Un caso parecido es el de Andrés que vive en un piso de la judería y alquila habitaciones a turistas. Su malestar y crispación viene después de enterarse que al ofrecer un servicio de limpieza en la habitación de los huéspedes, con la entrada en vigor de la nueva ordenanza tiene que dar de alta este servicio de limpieza como actividad económica a la vez que declarar trimestralmente el 10 % de IVA.  Andrés dice no entender que sí es él mismo quién realiza el servicio de limpieza por tratarse de su propia casa, ¿por qué va a tener que darse de alta?.

En Córdoba hay actualmente 700 pisos que se dedican al alquiler turístico y vacacional. De ellos, un número elevado incurre en fracción grave al no estar dado de alta como actividad económica. Esta ley pretende precisamente que afloren esos pisos ilegales y clandestinos que están incurriendo en competencia desleal contra todos aquellos establecimientos que rigurosamente cumplen la normativa.