Muy esperado por el sector

El nuevo reglamento de caza regula el uso del arco y reintroduce el aguardo nocturno

Destaca la presencia obligatoria de la figura de guardas de cotos de caza en cotos intensivos y escenarios para la práctica de modalidades durante las actividades cinegéticas

caza con arco
photo_camera Práctica de caza con arco en Andalucía FOTOS: FEDERACIÓN ANDALUZA DE CAZA

La Junta de Andalucía acaba de publicar en su Boletín Oficial el nuevo decreto de ordenación de la caza en la comunidad andaluza, 126/2017, de 25 de julio, que viene a sustituir al antiguo reglamento 182/2005, de 26 de julio, con novedades de interés para los aficionados a esta práctica deportiva.

Así, por ejemplo, en la nueva normativa se simplifica la tramitación de autorizaciones reduciendo la carga de documentos que se tienen que adjuntar con la solicitud y posibilitando que la persona interesada presente una declaración responsable sobre determinados requisitos, en procedimientos como el de constitución de cotos de caza o cambio de titularidad, así como en el caso de monterías, ganchos, batidas y batidas de gestión mediante comunicación previa.

Patos y liebres

Este reglamento incorpora algunas novedades para los cazadores con la intención de adaptar el marco normativo a la realidad actual de la caza en Andalucía, algo muy demandado en el sector, en el sentido de mejorar en la gestión cinética adaptándola a la directiva europea sobre el libre acceso a las actividades de servicios.

Aprovechamiento del medio natural

La idea es fomentar que se compatibilice el aprovechamiento cinegético con otros usos y aprovechamientos del medio natural y se continúa apostando por una gestión que combine el mantenimiento de hábitats adecuados con una caza basada en poblaciones naturales sostenibles. Y es que la relevancia cultural, social y económica de la actividad cinegética resulta incuestionable en Andalucía y una muestra de ello son las 249.820 licencias de caza emitidas en 2016 para una actividad que puede practicarse potencialmente en aproximadamente en un 91,28% del territorio andaluz.

montería

Entre las novedades más significativas del Reglamento destacan la obligación de elaborar planes de caza por áreas cinegéticas como instrumentos necesarios de planificación, ordenación y gestión cinegética en ámbitos territoriales geográfica y ecológicamente homogéneos. Por su parte, para los planes técnicos de caza, se amplia su período de vigencia a cinco años, consolidándose junto a la memoria anual de actividades cinegéticas como los instrumentos básicos de gestión.

Además, se regula el informe de capturas firmado por veterinario y titular cinegético, con la idea de disponer de los datos relativos al número de piezas cazadas e inspeccionadas anualmente en cada terreno cinegético, como fuente de información de gran utilidad para la gestión poblacional y sanitaria de la fauna cinegética.

Adiestramiento animal

Otras novedades son el establecimiento de las condiciones para la autorización de los tres tipos de escenarios que se contemplan: deportivo, entrenamiento o adiestramiento de perros y/o de aves de cetrería y para la práctica de modalidades. Además, destacar la presencia obligatoria de la figura de guardas de cotos de caza en cotos intensivos y escenarios para la práctica de modalidades durante las actividades cinegéticas, con el fin de desempeñar las funciones que tienen atribuidas conforme al artículo 65.3 de la Ley 8/2003, de 28 de octubre, estableciéndose para ambas figuras la obligación de disponer de un plan de gestión y mejora, con el fin de garantizar la conservación de la biodiversidad, la preservación de los hábitats naturales y la protección del Patrimonio Histórico.

jabalí

Respecto a los cerramientos cinegéticos y no cinegéticos en cotos de caza, como novedad se facilita la ampliación en los cinegéticos de gestión en cotos con superficie inferior a la mínima permitida para instalar este tipo de cercados, que es de 2.000 hectáreas para mejorar las condiciones del acotado y facilitar la certificación de calidad cinegética.

Igualmente, se regula el uso cinegético en los cercados interiores, cinegéticos o no, con el fin de evitar ciertas prácticas contrarias con una actividad cinegética ordenada y sostenible, debido a los riesgos sanitarios derivados de las elevadas densidades y la agregación espacial que se alcanzan en estos cercados, al mantener grandes poblaciones de especies de caza mayor en superficies reducidas.

Modalidades recuperadas

Para facilitar el ejercicio de la caza, se desarrolla sustancialmente las modalidades de caza mayor y menor contempladas en el anterior reglamento, recuperando modalidades de caza tradicionales, caso de la batida de gestión y aguardo nocturno para jabalíes en caza mayor, y la perdiz roja con reclamo o perros de madriguera.

caza con perro

Otro de los aspectos novedosos que se acomete es la regularización del ejercicio de la caza con arco, que podrá practicarse en cualquiera de las modalidades de caza autorizadas, el control de daños y la caza de gestión. Acerca de un medio auxiliar como es la cetrería, se incorporan aspectos novedosos como el adiestramiento y entrenamiento de aves rapaces, el empleo de sistemas de localización y se elimina y se sustituye el permiso de tenencia de aves por el Certificado de inscripción de las aves de cetrería de la Sección de Aprovechamientos Cinegéticos del Registro Andaluz de Aprovechamientos de Flora y Fauna Silvestres.

Por último, también adquiere especial relevancia las medidas de protección de la caza, evitando determinadas prácticas contrarias a una caza ordenada y sostenible, como los puestos dobles y desdoblados o cebaderos para atraer y concentrar elevadas cantidades de tórtolas y palomas en la media veda. En cuanto a la protección de la integridad física de las personas cazadoras, se exigen la adopción de determinadas medidas para garantizar su seguridad, que necesariamente deberán adoptar los participantes en las actividades cinegéticas que se organicen en modalidades tanto de caza mayor como de menor.

Por último, se crea la Sección de Aprovechamientos Cinegéticos del Registro Andaluz de Aprovechamientos de Flora y Fauna Silvestre, para la identificación, control y seguimiento de la actuación administrativa relativa al ejercicio de la actividad cinegética.

conejo