EL PROCESADO ERA DE NACIONALIDAD RUMANA

Le caen 20 años de prisión por matar al cuidador de un amigo

La Defensa presentará un recurso de apelación por considerar que existen "dudas razonables" sobre la autoría de los hechos. La víctima tenía 78 años de edad

Audiencia
photo_camera La pena de 20 años de prisión ha sido impuesta por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba ha condenado a penas de 20 años y seis meses de prisión al hombre de nacionalidad rumana y unos 40 años, acusado de un delito de asesinato y robo con violencia e intimidación, supuestamente cometidos sobre un varón de 78 años, que cuidó a un amigo del procesado, que también participó en los hechos y ya ha sido condenado a cárcel, en la capital cordobesa.

Según recoge la sentencia, los magistrados, tras el veredicto del jurado sobre la culpabilidad, condenan al hombre por el delito de asesinato a la pena de 17 años y seis meses de cárcel y por el delito de robo con violencia en las personas, a tres años de prisión, a la vez que le imponen indemnizaciones por un total de 108.000 euros.

Al respecto, el abogado de la defensa, Rafael Ángel Ordóñez, en declaraciones a Europa Press ha apuntado que presentará recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), en base a que existen "dudas razonables" sobre si el acusado ha sido el autor de los hechos, puesto que "había otras hipótesis razonables que explican los hechos y el jurado no ha tenido en cuenta", de ahí que reclamara su absolución, "por el principio de presunción de inocencia".

En concreto, según adelanta 'Diario Córdoba', en la resolución se considera probado que a principios de diciembre del año 2005 el primer procesado, que ya fue condenado por estos hechos a 20 años de prisión, conoció en la estación de trenes a la víctima y tras unos días entablaron una relación de convivencia en el domicilio de esta.

En este sentido, el joven rumano de 23 años le comentó la situación al compatriota ahora condenado, que por entonces tenía 29 años, y ambos, que se habían conocido en un albergue en Jaén, supuestamente idearon de forma conjunta apropiarse del dinero de la víctima.

De esta forma, el 14 de diciembre, alrededor de las 21,00 horas, se dirigieron al domicilio del hombre y, nada más entrar, el primer condenado le dio un puñetazo en el estómago y el segundo acusado presuntamente lo cogió por el cuello. Como no accedía a sus pretensiones, lo golpearon con una botella de cristal, lo ataron de pies y manos y lo amordazaron, metiéndole un calcetín en la boca para que no gritara. Posteriormente, lo arrastraron hasta el cuarto de baño y lo estrangularon hasta su muerte, apropiándose más tarde de 20 euros.

Tras ello, al día siguiente, después de viajar ambos a Barcelona, el primero fue detenido y el segundo huyó, aunque la Policía alemana lo arrestó el día 29 de agosto del año 2015 en Munich. Cabe señalar que la sentencia resalta que la declaración de culpabilidad de este segundo implicado está basada, de un lado, en el testimonio del primer acusado, que lo delató en el juicio como hizo años atrás ante la Policía, y de otro, en el examen de ADN, que "demuestra la presencia simultánea en el lugar de los hechos" de ambos.

Al hilo de ello, el perfil genético del acusado se halló, "entre otras ubicaciones, en dos de las uñas del cadáver que fueron recogidas por los médicos forenses" durante la autopsia, algo que "casaría con la violencia ejercida, pero difícilmente con un masaje" que le hubiera dado la víctima al acusado, como sostuvo este en la vista oral.

Como se recordará, los sobrinos del fallecido relataron durante el juicio que tenían una relación "habitual" con él, que vivía solo, pero no les contó "nada" sobre si tuviera relación con alguna persona, a la vez que reclamaron "justicia" en este caso. La Fiscalía pedía para el acusado 20 años y seis meses de prisión; mientras que la defensa, la absolución.