JUNTA DE GOBIERNO LOCAL

El Ayuntamiento desestima el requerimiento del subdelegado para anular el acuerdo de servicios esenciales

El Ayuntamiento no atenderá el requerimiento del subdelegado, Juan José Primo Jurado, contra el acuerdo de la junta de gobierno local, del pasado 12 de febrero de 2016, "de declaración de servicios públicos esenciales y sectores prioritarios", para que lo anulase "en el plazo de un mes desde la notificación"

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photo_camera Vista del Ayuntamiento de Córdoba junto al Templo Romano

La junta de gobierno local del Ayuntamiento de Córdoba ha acordado este miércoles, en sesión extraordinaria, "desestimar el requerimiento de la Subdelegación del Gobierno en Córdoba" para que el Consistorio anulase el acuerdo que adoptó el gobierno municipal de PSOE e IU el pasado febrero sobre servicios públicos esenciales.

Así, según recoge el acuerdo, al que ha accedido Europa Press y que ha adoptado este miércoles el gobierno local, no se atenderá el citado requerimiento del subdelegado, Juan José Primo Jurado, contra el acuerdo de la junta de gobierno local, del pasado 12 de febrero de 2016, "de declaración de servicios públicos esenciales y sectores prioritarios", para que lo anulase "en el plazo de un mes desde la notificación".

La Subdelegación del Gobierno había argumentado que "las razones que determinan la no conformidad a Derecho del acuerdo municipal de declaración de servicios públicos esenciales y sectores prioritarios se basan en la falta de competencia municipal para formular declaraciones generales interpretativas de normas estatales".

Sin embargo, el gobierno municipal ha rechazado tal argumento, apoyado en informes técnicos en los que se esgrime que, "efectivamente, el Ayuntamiento de Córdoba carece de competencia normativa para adoptar una disposición o declaración de carácter general para interpretar o desarrollar lo dispuesto en una norma con rango de ley estatal. Pero, a nuestro juicio, no es ese el planteamiento y contenido del acuerdo municipal, de 12 de febrero de 2016, cuya anulación se requiere".

Normativa vigente

"Desde este enfoque --según precisa el informe--, en cuanto a los servicios esenciales, el Ayuntamiento, con este acuerdo, no esta adoptando una disposición normativa de carácter general, sino que se limita a aplicar la normativa vigente, tanto la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, como la normativa autonómica andaluza y la normativa reguladora del régimen local".

En consecuencia, además de rechazar el requerimiento de Primo Jurado, la junta de gobierno local ha ratificado este miércoles el acuerdo que adoptó el pasado 12 de febrero, de declaración de servicios públicos esenciales y sectores prioritarios, mediante la que el Consistorio puede contratar personal este año, de manera temporal o para interinos, entre los que se encuentran el servicio de porterías de los colegios, los museos y los mercados, entre otros.

En su momento, la cuarta teniente de alcalde, Alba Doblas manifestó se trataba de "un acuerdo absolutamente necesario, como paso previo para la recuperación de los servicios públicos y poder contratar de una vez personal en el Ayuntamiento", después de que "la legislación del PP dificulta enormemente la contratación en aquellos servicios que considera como no prioritarios".