PLENO MUNICIPAL

El Ayuntamiento aprueba por unanimidad garantizar el acceso a un "mínimo vital" de agua al mes

Esto garantiza el acceso a un mínimo vital de tres metros cúbicos mensuales de agua potable por cada miembro de la unidad familiar "para familias en riesgo de exclusión social"

Agua el grifo
photo_camera El mínimo vital estará ahora garantizado

El Pleno del Ayuntamiento de Córdoba ha aprobado este martes, por unanimidad, la propuesta presentada por la alcaldesa de la ciudad y presidenta de la Empresa Municipal de Aguas de Córdoba (Emacsa), la socialista Isabel Ambrosio, para "garantizar el acceso a un mínimo vital de tres metros cúbicos mensuales (de agua potable) por cada miembro de la unidad familiar", en este caso "para familias en riesgo de exclusión social". Ello era necesario, según ha argumentado la alcaldesa en su propuesta, porque, "aún acogiéndose a las diversas ayudas vigentes en la actualidad, como el bono social", dichas familias "carecen de capacidad económica para hacer frente al consumo de sus hogares". Por ese motivo, se ha aprobado "la modificación de la tarifa o precio privado que percibe Emacsa por la prestación del servicio de abastecimiento de agua potable" vigente mediante la "inclusión de un nuevo apartado", relativo a "reducciones a familias en riesgo de exclusión social", y lo mismo para la "modificación de la tarifa o precio privado que percibe Emacsa por la prestación del servicio de depuración de vertidos de aguas residuales". En concreto, se podrán beneficiar de ello las personas y unidades familiares que reúnan los requisitos de "estar empadronados y residir en la ciudad de Córdoba con una antigüedad de seis meses, salvo excepción justificada" por Servicios Sociales, a lo que se debe unir "que el suministro se refiera a la vivienda habitual, no disponer de medios económicos suficientes para cubrir las necesidades básicas de subsistencia, incluidas las relativas al consumo de agua, salvo situación de excepcionalidad a justificar" por Servicios Sociales. En este contexto y "para determinar la falta de recursos económicos se establece que el importe máximo de los ingresos del conjunto de las personas que integran la unidad familiar sea inferior" a determinados umbrales económicos, "partiendo del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Imprem)". Junto a ello, el beneficiario no debe estar "pendiente de justificar prestaciones ayudas o bonificaciones concedidas con anterioridad" y "no ser propietario de otros bienes muebles e inmuebles con cuya enajenación material pueda atender a las necesidades básicas de los interesados". Por último, según recoge la propuesta ya aprobada, es preciso que "todos los miembros desempleados de la unidad familiar en edad de trabajar estén en búsqueda activa de empleo, teniendo una inscripción como demandante de empleo con una antigüedad mínima de seis meses, pudiéndose aplicar excepcionalidad con prescripción técnica por parte del Equipo de Servicios Sociales".