Efectos de la pandemia mundial

Tu Abandono Me Puede Matar pone una querella criminal a Instituciones Penitenciarias

Según la Asociación, en Córdoba los funcionarios carecen de EPIs y sólo tienen un gel hidroalcohólico y una caja de guantes de plástico a repartir entre los que trabajan en una unidad
Protesta ante la Subdelegación del Gobiernbo de funcionarios de prisiones
photo_camera Protesta ante la Subdelegación del Gobiernbo de funcionarios de prisiones

La Asociación de Profesionales Penitenciarios Tu Abandono Me Puede Matar (Tampm) ha interpuesto una querella criminal contra la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias por vulneración de los derechos de los trabajadores, ya que "desde el inicio de esta crisis sanitaria han sido muchas las demandadas de medios de protección individual y de protocolos específicos para atajarla elevadas por parte de socios, coordinadores y delegados de juntas de personal vinculados a esta Asociación presentados ante las direcciones de los centros penitenciarios y servicios centrales de la Secretaría General, así como informes y partes informativos presentados por profesionales penitenciarios vinculados o no a esta Asociación", según se indica en un comunicado de este colectivo remitido a este periódico desde su sección en Córdoba.

Precisamente, en el caso de la penitenciaría de Córdoba este colectivo afirma que únicamente cuentan con gel hidroalcohólico y una caja de guantes de plástico a repartir entre los funcionarios que trabajan en una unidad. Pero "ni mascarillas ni nada más de lo que la OMS aconseja en un cuerpo como el nuestro".

Así, desde la Asociación afirman ser conscientes de la situación excepcional que se vive con esta crisis, pero eso no quita la falta de previsión y la vulneración de los derechos de los trabajadores en materia de prevención "cuando tanto la Secretaría General como el Ministerio del Interior se han jactado en redes sociales corporativas y en medios de comunicación de indicar que se poseen medios suficientes para atender las demandas de equipos de protección individual (EPIs) de los profesionales penitenciarios así como de los internos".

Por contra, a día de hoy "en muchos centros se carecen de dichos equipos que deben ser desechables y de protocolos concretos de actuación contraviniendo las propias ordenes e instrucciones emanadas de los servicios centrales y el Ministerio de Sanidad, lo que ha implicado una terrible descoordinación en la Administración Penitenciaria en esta materia", lamenta la Tampm en su comunicado.

funcionarios prisiones libertad expresion

Si bien debido a sendos escritos presentados en los centros penitenciarios por miembros de la Asociación, sí han surtido efecto en determinados centros de trabajo, condicionando que los órganos directivos adoptasen medidas preventivas y dotasen de EPIs a los trabajadores penitenciarios, "en otros centros no se ha hecho nada y se ha negado el suministro de por razones de desabastecimiento o posible alarma social entre la población reclusa".

Este ultimo supuesto demuestra un "claro desconocimiento de la situación" cuando el principal vector de transmisión de la enfermedad son los agentes externos que aceden a una institución cerrada como son las prisiones.

En el caso de agentes externos está el vector más peligroso, que es el paciente asintomático que puede contagiar a la población sin presentar síntomas concretos. Por eso, desde esta Asociación se ha insistido una y otra vez en dotar a los profesionales penitenciarios de los medios de protección (mascarillas, guantes, gafas y batas) porque como agente externo y salvo prueba de lo contrario "debemos considerar a todo agente externo que accede al centro como paciente asintomático y vector de transmisión tanto al resto de trabajadores como a la población reclusa".

Desde la Asociación se considera un ejercicio de iresponsabilidad por parte de la Administración Penitenciaria el haber subestimado la propagación del virus así como sus posibles efectos sobre una población vulnerable como puede ser la población reclusa.

La Tampm ha trasladado a la Secretaría General su criterio profesional sobre las mediadas a llevar a cabo por la SGIP para la contención de esta pandemia y que sus efectos sean lo menos perjudiciales para las personas que habitan o trabajan en las prisiones españolas, ya que como profesionales penitenciarios uno de sus objetivos es salvaguardar la vida e integridad física de los internos que están bajo su custodia.

Tranquilidad para los reclusos

Desde la Administración Penitenciaria se ha ido adoptando "a regañadientes" las medidas propuestas por parte de los profesionales penitenciarios que son los conocedores de este medio como técnicos cualificados en esta materia y entienden que muchas de estas medidas propuestas no sólo sirven para paliar la enfermedad, sino también como efecto psicológico en la población reclusa con un enfoque destinado a generar calma, ya que dicha población es conocedora de los riesgos y los vectores de contagio gracias a las noticias e informaciones que reciben del exterior.

Entrada al centro penitenciario de Alcolea

Por tanto, el hecho de que los profesionales penitenciarios estén provistos de los EPIs adecuados no solo proyecta un factor tranquilizador a la población reclusa, sino también una imagen de que los profesionales penitenciarios y la Administración Penitenciaria se preocupan por su salud e integridad física.

Ansiedad y miedo entre los reclusos

"Obviar estos criterios profesionales únicamente puede llevar a incidentes regimentales y situaciones desagradables en los centros penitenciarios, ya que tratamos con personas y éstas, aún estando privadas de libertad, sienten las mismas inquietudes y miedos como cualquier ciudadano que esté en libertad, a lo que se le une precisamente esa situación de privación de libertad que agrava mucho más la ansiedad y miedos.

"Desde la Asociación hemos hecho todo lo posible para no llegar a esta situación demandando los materiales, protocolos y acciones a realizar por parte de la Administración Penitenciaria", asegura en la nota.

En algunos casos, tras los escritos demandando medidas se han realizados acciones y en otros casos, no,. Por tanto, y en vista de que cada centro penitenciario ha actuado por libre en determinadas materias de prevención y salud pública, "ya que muchos directivos se han visto abandonados por la SGIP a su suerte y no ha habido unas directrices claras de armonización de criterios por parte de la SGIP", y entendiendo que el mayor bien a proteger son la vidas humanas de los trabajadores penitenciarios , así como de los reclusos a los que custodiamos, "nos hemos visto obligados a poner una demanda penal contra la Administración Penitenciaria por vulneración de los derechos de los trabajadores en materia de prevención", abundan en el comunicado.

De igual modo, "instamos al tribunal competente a realizar cuantas medidas cautelares sean necesarias en favor de dotar a los centros dependientes de la Administración Penitenciaria de los EPIs necesarios para solventar esta crisis sanitaria".