TRIBUNALES

Rafael Navas declarará ante el juez el próximo día 17 por su gestión en el Alcázar

El exconcejal del PP en el gobierno de José Antonio Nieto supuestamente cometió prevaricación administrativa, según una denuncia de la CTA, que ha pagado 4.000 euros para presentarse como acusación

Entrada actual del Alcázar de los Reyes Cristianos de Córdoba
photo_camera Alcazar de los reyes Católicos en la capital cordobesa

El Juzgado de Instrucción número 6 de Córdoba ha citado a declarar el próximo día 17 de febrero al exconcejal del PP en el Ayuntamiento de la capital cordobesa Rafael Navas, en calidad de investigado por la supuesta comisión de delitos de prevaricación administrativa, en la gestión de contratos del Alcázar de los Reyes Cristianos, tras una denuncia del sindicato CTA, según han confirmado a Europa Press fuentes judiciales.

En este sentido, CTA presentó en su día una denuncia sobre la gestión de contratos en el Alcázar de los Reyes Cristianos en el anterior mandato del PP y que dicha declaración se fijó en principio para el mes de abril de 2016, pero se suspendió después de que el sindicato presentó un recurso ante la Audiencia Provincial contra un auto del juez que le denegaba la personación en la causa.

Tras los distintos recursos planteados respecto a la fianza a tal efecto, finalmente la Audiencia Provincial rebajó de los 18.000 euros y 15.000 euros iniciales a 4.000 euros la fianza que se le impone al sindicato CTA para personarse en tanto en esta causa, como en la del también exedil popular en el anterior mandato Miguel Reina, investigado igualmente por la supuesta comisión de delito de prevaricación administrativa, tras una denuncia de CTA.

Doble acusación

De este modo, CTA anunció en noviembre que se personaba como acusación en ambos casos, aunque aseguró que "no resulta satisfactorio desprenderse de 8.000 euros para personarse en dos causas, que fueron admitidas a trámite por la Fiscalía", a lo que añadió que "existen precedentes en este país" en los que se piden menores cantidades para personarse en casos con políticos que lo que se exige al sindicato.

En opinión del sindicato, "la causa es bien sencilla y esclarecedora en ambos casos, porque se trata de que la administración no puede adjudicar contratos a dedo por valor de más de 21.000 euros con IVA incluido", a lo que agregan que "en el caso de Navas se adjudicaron aún habiendo una cláusula en uno de los contratos que decía que el contrato era improrrogable". Todo ello, referido al espectáculo de agua, luz y sonido del Alcázar de los Reyes Cristianos.

Y en el caso de Miguel Reina, recuerdan que "hay varios contratos concatenados realizados con el despacho de abogados de 'Cuatrecasas'" desde el Instituto Municipal de Deportes de Córdoba (Imdeco), entidad bajo su responsabilidad en el mandato anterior, y entienden que "ello también incurre en un presunto delito de prevaricación administrativa". La declaración de este exedil aún no se ha fijado, después de que fuera suspendida igualmente a finales de abril de 2016.

Informa municipal

Cabe recordar que el gobierno municipal del Ayuntamiento de Córdoba elevó en mayo de 2016 a la asesoría jurídica el informe de la Intervención General que detecta "una serie de irregularidades" sobre los contratos menores para la adjudicación del espectáculo de luz y sonido del Alcázar de los Reyes Cristianos, durante 2014 y 2015, con la gestión de Rafael Navas.

Según detalló el Consistorio, del informe de Intervención "se desprenden una serie de irregularidades cometidas en la tramitación de los expedientes examinados, que fundamentalmente se centran en la improcedencia de la prórroga del contrato acordada en octubre de 2014, a pesar de que el pliego que regía la contratación le atribuía el carácter de improrrogable".

Igualmente, señala al "posible error en la calificación de los contratos como contratos menores, el fraccionamiento indebido del objeto del contrato y la ausencia total del mismo durante un periodo de un mes completo".

A la luz de todo ello, la Intervención General Municipal concluye que "se ha producido un enriquecimiento injusto del contratista, con el correlativo perjuicio económico para el Ayuntamiento".