Urbanismo en la capital

La Gerencia agilizará las obras pasando cinco supuestos a declaraciones responsables

Los procedimientos se agilizarán hasta un 60 por ciento
Obras en el nuevo colegio de Turruñuelos 1
photo_camera Obras en la capital cordobesa

La Gerencia Municipal de Urbanismo (GMU) de Córdoba ha dado un importante paso adelante a la hora de recortar tiempo a los trámites al determinar qué actuaciones quedan sujetas a declaración responsable y que aluden a cinco supuestos, lo que redundará en una agilización del 60% de los procedimientos, según el propio presidente de la Gerencia, Salvador Fuentes (PP).

Así queda sin efecto el procedimiento de licencia urbanística para obras menores (procedimiento simplificado de licencias), el de licencia de ocupación/utilización y el procedimiento de prórroga de plazos de ejecución de obras y pasan a ser declaraciones responsables las obras de escasa entidad constructiva y sencillez técnica que no requieran proyecto de acuerdo con la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.

Lo mismo ocurre con las obras en edificaciones e instalaciones existentes en suelo urbano consolidado y conformes con la ordenación urbanística que no alteren los parámetros de ocupación y altura, ni conlleven incremento en la edificabilidad o el número de viviendas.

Salvador Fuentes FOTO RAFA MELLADO SR.

También serán objeto de declaración responsable los cambios de uso en las edificaciones señaladas en el apartado anterior, o en parte de estas, dentro de los permitidos por la ordenación urbanística vigente.

Por otra parte la ocupación o utilización de obras contempladas en el apartado segundo, siempre que las edificaciones se encuentren terminadas y su destino sea conforme a la normativa de aplicación se asimilan a este procedimiento, al igual que la primera ocupación y utilización de nuevas edificaciones, siempre que se encuentren terminadas y su destino sea conforme a la normativa de aplicación y con la licencia de obra concedida.

Según un comunicado de la GMU, cuando las actuaciones sujetas a declaración responsable requieran alguna autorización o informe administrativo previo para el ejercicio del derecho conforme a la normativa sectorial de aplicación no podrá presentase la declaración responsable sin que vaya acompañada de esa documentación o, en su caso, del certificado administrativo del silencio producido.

Caso de los BIC

A este respecto, debe tenerse en cuenta que, de conformidad con el art. 33.3 de la Ley 14/2007, de 6 de noviembre del Patrimonio Histórico de Andalucía (en su redacción dada por el Decreto-Ley 2/2020), será necesaria la previa autorización de la Consejería de Cultura para cualquier tipo de obras, cambios o modificaciones que se lleven a cabo en los BIC o sus entornos, incluyendo remociones de terreno, cambios de uso, modificaciones en bienes muebles, en la pintura, en las instalaciones o accesorios recogidos en la inscripción. Asimismo, será precisa autorización previa de la Junta para colocar cualquier clase de rótulo, señal o símbolo en fachadas o en cubiertas de Monumentos, Jardines históricos o sus entornos.

Murallas avenida del Corregidor

Sin embargo, no será necesaria la autorización de la Consejería para las obras que impliquen una intervención mínima, entendiendo por tales las de interior que no afecten al subsuelo, a la estructura y configuración arquitectónica ni a elementos decorativos del patrimonio histórico, salvo que afecten a inmuebles inscritos en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como Monumentos o Jardines Históricos.

Prevención ambiental

Para aquellas actividades sometidas a prevención ambiental conforme al Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión integral de la Calidad Ambiental de Andalucía, se requerirá la previa obtención de la Resolución de calificación Ambiental o certificado administrativo del silencio producido. En los casos en los que la actividad se encuentra sometida a Declaración Responsable de efectos Ambientales, se indicará la fecha de la presentación.

Asimismo, quedan sometidas a comunicación previa las prórrogas del plazo para el inicio y terminación de las obras con licencia o declaración responsable en vigor.

Obras en Mirabueno

Según el comunicado, en los próximos días la GMU de Córdoba irá incorporando a la página web los nuevos impresos de declaración responsable normalizados que sustituyen a los impresos de licencia ocupación/utilización y de licencias por procedimiento simplificado (obras menores) así como para todas las actuaciones que posibilita mediante Declaración Responsable este Decreto 2/2020.

Además, se elaborará un impreso de comunicación previa para prórroga de los plazos de inicio y terminación de obra. De forma provisional, hasta tanto se incorporen los nuevos impresos, se utilizarán los que en la actualidad se encuentran disponibles en la web de la GMU.

De conformidad con la Disposición transitoria décima del Decreto-ley 2/2020, para los procedimientos de otorgamiento de licencia urbanística que estuvieran en tramitación, el interesado podrá optar por la aplicación del nuevo régimen de intervención.