TRIBUNALES

La Audiencia Provincial de Sevilla archiva las actuaciones contra el comité de empresa de Graficromo y el asesor de CCOO

Fachada CCOO
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La Sección 7ª de la Audiencia Provincial de Sevilla ha ordenado el archivo de las actuaciones respecto a diez ex trabajadores de la extinta Graficromo y el asesor de CCOO que intervino en la negociación de la subrogación de la plantilla por parte de Taller de Libros- que compró los activos de la primera cuando entró en concurso de acreedores-, por las ayudas recibidas por la Asociación de prejubilados de Graficromo S.A. y Taller de Libros S.L.

Estas once personas habían sido incluidos como investigados por el Juzgado de Instrucción Nº 6 de Sevilla por las ayudas que, “presuntamente, percibieron a través de los sucesivos Directores Generales de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía con cargos a fondos públicos, presuntamente sin sujeción a procedimiento, ni siquiera solicitud formal de concesión, eludiendo lo que era la normativa de las subvenciones (que de tales las califican los informes de la Intervención General de la Administración del Estado), sin fiscalización previa ni control ulterior, con cargo a partida presupuestaria inadecuada”.

Según el auto de la Audiencia Provincial sevillana, “la calidad de los indicios que existen en estos momentos y que se recogen en el auto (del Juzgado de Instrucción) para justificar el mantenimiento en calidad de investigados de los recurrentes no resultan suficientes”.

“Ser miembros de los comités de empresa, e intervenir en las negociaciones para solventar en situaciones de crisis la salida de los trabajadores de la forma más ventajosa o menos perjudicial, no convierte por ello y sin más a sus componentes en conocedores o experto en cuestiones legales y administrativas en lo que a solicitud y obtención de ayudas se refiere, y mucho menos, en conocedores de los trámites legales necesarios que las Administraciones deban observar en su concesión y control. La singularidad de las ayudas obtenidas en el caso que son objeto de investigación vienen del hecho de que no solo se tramitaron expedientes de regulación de empleo por las respectivas empresas Graficromo y Taller de Libros SL, sino de que dichas empresas se encontraban en situación de concurso de acreedores en el Juzgado de lo Mercantil de Córdoba, por tanto intervenidas y controladas a través de los administradores concursales”, recoge el auto de la Audiencia.

Así, la Audiencia estima que “deducir intenciones desviadas en las ayudas por parte de los recurrentes de la falta de solicitudes formales escritas (estando las empresas concursadas y judicializados los procedimientos, y con conocimiento o con posible conocimiento en algunos casos de quienes pudieran ser los afectados) no es por sí solo y sin más indicador de actuación dolosa en la participación”.

Por ello, el juzgado estima la solicitud de sobreseimiento de las actuaciones solicitado por los once investigados y decreta el archivo de las actuaciones.