LO HIZO EN COMPAÑÍA DE OTRA MUJER EN LA CAPITAL CORDOBESA

El TSJA rebaja en seis meses la pena a un hombre que asesinó a golpes a una mujer

Finalmente, son 17 años y medio para él, mientras que su cómplice sigue asumiendo los 16 años de prisión a la que le habían condenado desde el principio

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photo_camera Juzgados de Córdoba

La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado parcialmente la sentencia de la Audiencia Provincial de Córdoba, que el pasado 2 de diciembre condenó a penas de 18 y 15 años de prisión a un hombre y una mujer acusados de asesinar a golpes a una mujer, con la que compartían una casa en la capital cordobesa, habiendo acordado ahora el TSJA rebajar en seis meses la pena de prisión para el hombre.

De esta forma, en la sentencia del TSJA, a la que ha accedido Europa Press, se confirma la pena de 15 años de prisión para la mujer, mientras que rebaja de 18 a 17 años y medio la pena al hombre acusado, al haber aceptado uno de los aspectos del fallo de la Audiencia cordobesa que fueron recurridos por su defensa, en este caso al entender que se ha incurrido en una "infracción de precepto legal en la determinación de la pena".

Más allá de esta cuestión, el TSJA confirma la sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Córdoba, que ésta dictó después de que el jurado declaró a los dos acusados culpables, por unanimidad, al considerar que "hay indicios suficientes", si bien apuntó que no hubo ensañamiento.

Según recoge la sentencia de la Audiencia, ahora confirmada por el TSJA salvo en el aspecto reseñado, además de la pena de prisión, los procesados deberán hacer frente al pago de unos 6.000 euros de indemnización para los familiares.

Además, el jurado señaló que no se debe proponer el indulto y llegó a la conclusión de que "ambos intentaron ocultar", tras los hechos, dónde se encontraba la mujer que les había acogido en su casa, y a ello se suma que "los acusados, de forma libre y espontánea, se culparon recíprocamente de los hechos".

Alucinaciones auditivas

En el caso de la procesada, fue diagnosticada en 2013 de un trastorno diasociativo, con "alteraciones del curso del pensamiento con suspicacia y paranoia", así como "alucinaciones auditivas e ideas delirantes de perjuicio, que anulaban en el día de los hechos completamente sus facultades mentales y la inhabilitaban para entender la realidad de los hechos y discernir entre el bien y el mal".

En concreto, el crimen ocurrió a últimas horas de la noche del día 18 de marzo de 2014 o durante la madrugada o primeras horas del día 19, cuando, "por motivos que no constan", ambos, "puestos de común acuerdo" y con "intención de acabar con la vida" de la mujer, según el jurado, entraron en su habitación.

La mujer se encontraba tumbada y "desde un plano superior a ella, fue sujetada por el cuello en ademán de estrangulamiento y recibió varios golpes con un objeto contundente, que no ha sido identificado, comprimiéndosele igualmente la boca para intentar su sofocamiento".

Al hilo de ello, el Ministerio Público había solicitado una pena de 20 años de prisión por asesinato para el varón, al concurrir la agravante de reincidencia, y 18 años de cárcel para ella por el mismo delito. Mientras, la acusación pidió penas de 19 y 18 años de prisión, respectivamente. Y las defensas, por su parte, 17 años y seis meses para el hombre y 15 años para la mujer.

Postura de los acusados

Cabe recordar que los dos procesados defendieron ante el jurado su inocencia, de manera que negaron su participación en los hechos. Así, el acusado aseguró que es "imposible" que matara a la mujer, porque la última vez que la vio fue seis días antes de los hechos, según su relato, en el que detalló que dicho día no durmió en la casa de la víctima y que "nunca" entró su dormitorio.

Además, explicó que la relación con ella era "buena" y ha agradecido que le acogiera en su casa, al tiempo que señaló que la relación entre la acusada y la víctima "no era buena", y según él, "le quiso pegar", a lo que agregó que él le dijo a los vecinos que la acusada le estaba "molestando" a él.

Mientras, la procesada aseveró que ella también "podría haber sido víctima" del varón, al que le tenía "mucho miedo" y le denunció por malos tratos en una ocasión, de modo que tenía una orden de alejamiento, todo ello después de que abusara de ella, según contó en la sala, a lo que agregó que se enteró de los hechos por "la gente".

También dijo que ella estaba en la casa y "no imaginaba que hubiera una persona muerta" en la misma, de hecho defendió que no miró en la habitación donde estaba la víctima, con la que, según ella, no coincidieron el día en el que sucedieron los hechos, y manifestó que la vivienda era "un fumadero", donde "entraba mucha gente".

Contradicciones en los testimonios

En las exposiciones iniciales, el fiscal y las acusaciones advirtieron de "las contradicciones" en los testimonios de los acusados, sobre quienes apuntaron que "está clara la culpabilidad". Por su parte, las defensas mantuvieron que las acusaciones están basadas en "indicios no acreditados", y en el caso de la mujer, su abogada consideró que es "víctima de las circunstancias y el padecimiento", porque "podría haber sido la siguiente".

Cabe mencionar que sobre el procesado concurre la agravante de reincidencia, después de que en 2007 fue condenado por un delito de homicidio. Ambos se encuentran en prisión provisional desde marzo de 2014, cuatro días después de los hechos.