ECONOMÍA Y EMPLEO

Cecosam abre la bolsa de empleo de contratación temporal para cubrir bajas

Se requiere, entre otras cosas, tener al menos 16 años y poseer el carné de conducir B, además de la nacionalidad española

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photo_camera Cementerio de San Rafael.

La empresa de cementerios y servicios funerarios municipales de Córdoba (Cecosam) ha aprobado este martes, en una sesión extraordinaria de su Consejo de Administración, la creación de una bolsa de trabajo para cubrir las necesidades de personal que surjan en Cecosam a consecuencia de bajas, vacaciones, nuevos servicios, acumulación de tareas y cualquier otro tipo de demanda que pueda darse, mediante la realización de contratos laborales temporales.

Mañana se abre el plazo de las solicitudes para cubrir las necesidades de personal que surjan por incapacidad temporal (I.T), licencias, excedencias y permisos, vacaciones, jubilaciones especiales a los 64 años, según Decreto 1.194/85 (máximo periodo a cubrir 2 años), jubilaciones parciales, según Real Decreto 1131/02 (máximo período a cubrir cinco años), nuevos servicios y por acumulación de tareas, y cualquier otro tipo de necesidad de carácter temporal que pudiera sobrevenir, mediante la realización de contratos laborales temporales.

En la propuesta aprobada por el Consejo se detallan todas las cuestiones relativas a la convocatoria (puestos a seleccionar, orden de prelación en la selección, lista definitiva, etc.) y se harán públicas en el Tablón de Anuncios de las Oficinas Centrales de Cecosam, página Web de la empresa www.cecosam.ayuncordoba.es, así como en las Oficinas de Empleo del Servicios Andaluz de Empleo.

Según las bases, para optar a los puestos que se oferten es preciso “tener nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007 de 12 de Abril del Estatuto del Empleado Público; tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa; no padecer enfermedad ni estar afectado/a por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desarrollo de las correspondientes tareas o funciones; no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño de funciones públicas; estar en posesión de la titulación exigida; tener la experiencia profesional exigida, y estar en posesión del permiso de conducción B", según un comunicado de prensa.

Ciertamente, los requisitos de tener un mínimo de 16 años y el permiso de conducir tipo B (para automóviles cuya masa máxima no exceda de 3.500 kilos) 'chocan' entre sí, ya que el Código de Circulación obliga a tener un mínimo de 18 años para ese tipo de permiso, si bien deja para los 16 años la posibilidad de contar con un permiso tipo LVA para conducir vehículos especiales agrícolas autopropulsados y conjuntos de los mismos cuya o masa o dimensiones máximas autorizadas no excedan de los límites establecidos para los vehículos ordinarios. Precisamente esta licencia pierde su validez cuando el titular obtenga el permiso de la clase B.

Reserva del 2% de puestos para personas con discapacidad funcional

Asimismo, se reservará el 2% de los puestos para aquellas personas que presenten certificado acreditativo, expedido por el órgano competente de la Junta de Andalucía, de discapacidad funcional en grado superior al 33%, y cuya discapacidad no le impida el total desempeño del puesto para que opte.

“Si entre cada grupo de cien personas no se encontrasen dos personas, como mínimo, con discapacidad funcional en grado superior al 33%, se adjudicarán los puestos 25 y 75 a las dos personas con minusvalía que hubiesen obtenido mayor puntuación en los mismos de la categoría a las que hayan optado”, informa el comunicado.

Otro elemento de las bases se refiere a que “la inclusión de aspirantes en la Bolsa no generará ningún derecho de contratación, sino la expectativa de llamamiento por el orden establecido en estas Normas para ser contratado temporalmente, en función de las necesidades de servicio de la empresa y los límites a la contratación temporal legalmente establecidos”.

“Los contratos se formalizarán al amparo de la normativa que regula la contratación temporal, por escrito en los modelos oficiales, y en ellos se harán constar los periodos de prueba previstos en el Convenio Colectivo Laboral vigente en cada momento en Cecosam”.

La duración de los contratos “será la fijada en su clausulado, en función de la necesidad para la que se efectúe la contratación, respetando en todo caso los mínimos legales vigentes”. “La vigencia de la Bolsa será de 4 años, a contar desde la publicación de las listas definitivas, transcurridos los cuales cesarán los derechos de las personas en ella incluidas”.