del 3 al 9 de junio

La Policía Local se suma el lunes a la campaña de la DGT de especial vigilancia de alcohol y drogas

La campaña se enmarca en la colaboración que mantienen el Ayuntamiento de la capital cordobesa y la DGT en materia de seguridad vial

Un vehículo de la DGT en la pasada edición de la Feria de Córdoba
photo_camera Un vehículo de la DGT en la pasada edición d ela Feria de Córdoba

La Policía Local de Córdoba se suma este lunes a la campaña de especial de vigilancia y concienciación sobre el riesgo que supone conducir bajo los efectos del alcohol y otras drogas puesta en marcha por la Dirección General de Tráfico DGT), y en este marco se intensificará del 3 al 9 de junio la realización de pruebas de alcoholemia y de sustancias estupefacientes.

La campaña se enmarca en la colaboración que mantienen el Ayuntamiento de la capital cordobesa y la DGT en materia de seguridad vial, de manera que su objetivo es continuar avanzando desde la colaboración institucional en evitar riesgos y accidentes de tráfico desde la prevención y el cumplimiento de la normativa.

Cabe destacar que el alcohol está presente como factor concurrente o desencadenante en un tercio de los accidentes mortales. Su presencia en la conducción dependiendo de su tasa, multiplica entre 2 y 15 el riesgo de sufrir un accidente. La única tasa segura es 0,0%, subraya la DGT. Y no solo está relacionado con una mayor accidentalidad, sino que también repercute en una mayor mortalidad, al ser un factor vinculado con un peor pronóstico en las lesiones sufridas.

Control policial

Se ha detectado un cambio de comportamiento de los ciudadanos que ha hecho que el porcentaje de positivos detectados descienda de una forma notable en el último decenio, pasando del 5,1% al 1,6%. No obstante, es un objetivo prioritario desde de la DGT tratar de conseguir bajar del 1% los positivos de alcoholemia en los controles preventivos aleatorios.

Reducción del alcohol y más drogas

Según la DGT, mientras que la presencia de alcohol en personas conductoras se ha ido reduciendo de manera significativa gracias a las campañas de control y la toma de conciencia, no ocurre lo mismo respecto a sustancias estupefacientes, ya que suele mantenerse o crecer el número de pruebas positivas.

Conducir después del consumo de sustancias psicoactivas es un hecho frecuente en España, según informa la Dirección General de Tráfico. Aparte del alcohol, casi un 15% de conductores conducen tras haber consumido alguna sustancia (drogas de abuso) que pueden afectar la capacidad para una conducción segura. El cannabis (THC) y la cocaína son las dos sustancias más frecuentemente halladas.

Drogas

Con independencia del efecto sobre los conductores, el alcohol supone también un riesgo para los peatones, como usuario de la vía que comparte con los demás el espacio público, fundamentalmente en zona urbana.

Las infracciones

Desde la entrada en vigor de la Ley del Permiso por Puntos, alrededor del 12% de los infractores sancionados y del 14% de los puntos detraídos han tenido su causa en el hecho de conducir con una tasa de alcohol superior a la establecida. Además, dos de cada tres delitos cometidos contra la seguridad vial están relacionados con el alcohol. Las sanciones por tasa de alcoholemia van desde 500 euros y 4 puntos a los 1.000 euros y 6 puntos, si bien las personas conductoras que reincidan se enfrentarán a una sanción de 1.000 euros y la pérdida de entre 4 y 6 puntos del carnet dependiendo de la tasa dada. Junto a ello, conducir bajo presencia de drogas en el organismo está sancionado con 1.000 euros y 6 puntos del carnet.

Control de alcoholemia

Así mismo, el capítulo IV del Código Penal tipifica los delitos contra la seguridad del tráfico y establece las siguientes penas por conducir con exceso de alcohol y bajo la influencia de drogas. De esta forma, con tasas superiores de alcohol a 0,60 mg/l en aire o 1,2 gr/l sangre, las penas puede ser de prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro años. La negativa a someterse a las pruebas puede acarrear prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años.

El delito de conducir bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas está penado con prisión de tres a seis meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años. La negativa a someterse al test de drogas acarrea penas de prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años.