PUBLICADO EN EL BOP EL PASADO DÍA 17

Los planes urbanísticos y las ordenanzas tendrán que pasar el visto bueno del futuro Consejo Local de Discapacidad

Hasta el día 3 de abril está abierto el plazo de alegaciones sobre el reglamento aprobado el pasado 11 de enero en el Pleno del Ayuntamiento

Medina Azahara barreras
photo_camera Un hombre en silla de ruedas pone a prueba la accesibilidad al yacimiento de Medina Azahara

Hasta el próximo 3 de abril está abierto el plazo de alegaciones para el reglamento del Consejo Local de Atención a la Discapacidad y a las Patologías Minoritarias del Ayuntamiento de Córdoba, cuya aprobación inicial por el Pleno del Ayuntamiento se produjo el pasado 11 de enero y que el 17 del presente mes se publicó en el Boletín Oficial de la provincia (BOP).

Según ese reglamento, que tendrá que aprobarse de forma definitiva una vez se resuelvan las posibles alegaciones que se puedan presentar, entre las funciones de ese consejo están asesorar y emitir propuestas sobre los planes, programas y actuaciones que se refieran o afecten a la discapacidad, diversidad funcional o patologías minoritarias. También informará sobre las necesidades correspondientes a su ámbito de actuación, con carácter previo a la elaboración de los Planes de Urbanismo y de las Ordenanzas, Reglamentos y acuerdos municipales que afecten a las materias de accesibilidad o discapacidad.

Igualmente, entre sus funciones está promover fórmulas que permitan la mayor información ciudadana y fomentar actuaciones de sensibilización ciudadana en materias que atañen al consejo, así como fomentar el asociacionismo y el voluntariado y prestar todo el apoyo posible que le sea requerido por las entidades de personas con discapacidad, diversidad funcional y patologías minoritarias.

Papel principal

Quizá su papel primordial sea el velar por el cumplimiento en el ámbito municipal de las normas establecidas en el ordenamiento jurídico vigente en materia de discapacidad y velar también por el cumplimiento de los acuerdos de Pleno sobre medidas y actuaciones de especial incidencia en discapacidad, diversidad funcional y/o patologías minoritarias.

En cuanto a su estructura orgánica, el reglamento señala que estará conformado por un Pleno, la Presidencia y Vicepresidencia (que recaerá en el Ayuntamiento), la Secretaría, una Comisión Permanente, así como comisiones de estudio o grupos de trabajo, que se encargaría de la elaboración de informes y dictámenes técnicos.

escaleras calzada

¿Y quiénes conforman el consejo? Por lo pronto, un representante por cada grupo municipal; un vocal de la Junta, así como de la Universidad de Córdoba o del Instituto Maimónides de Investigación Biomédica (IMIBIC); también contará con representantes de la Comisión Municipal de Accesibilidad, el Consejo Local de Mayores; el Consejo Municipal de las Mujeres; el Consejo Escolar Municipal y el Consejo Local de Servicios Sociales.

Otros miembros del consejo

También se incluyen dos vocales de UGT y CCOO, así como otro más de "las organizaciones sindicales de ámbito local que tengan como objetivo prioritario la integración y defensa de los intereses profesionales de las personas trabajadoras con discapacidad"; dos vocales de la patronal (incluido los autonómoso) y otro más de empresas de inserción y centros especiales de empleo para personas con discapacidad; la "Federación de Asociaciones Vecinales" y del Consejo Local de la Juventud.

Los Chopos

Evidentemente, entrarán en ese consejo vocales de asociaciones o entidades relacionadas con la discapacidad, diversidad funcional o patologías minoritarias inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones, con una antigüedad de al menos seis meses. Pero también entidades con delegación en Córdoba de ámbito estatal de Derecho Público y carácter social de personas con discapacidad que tengan reconocida experiencia y competencia en relación con sectores específicos de la discapacidad, diversidad funcional o enfermedades raras.

Entre sus atribuciones principales destacan dictaminar y formular observaciones a la programación anual y al presupuesto de la Dirección General o Área competente en materia de discapacidad; plantear iniciativas y propuestas o recabar informes en relación con la actuación municipal que afecte a las funciones del consejo e informar sobre las necesidades correspondientes a su ámbito de actuación sobre las normas o instrumentos que estén relacionados con su ámbito sectorial y con carácter previo a la elaboración del PGOU, planes municipales de accesibilidad, presupuesto municipal, ordenanzas o acuerdos y disposiciones de ámbito local.