UNA DIRECTIVA DE UN BANCO TENDRÁ QUE DEVOLVER 102.000 EUROS

Cuatro años de cárcel por quedarse con dinero de la compra de viviendas

Una exdirectiva de un banco con sucursal en Córdoba ha sido condenada por quedarse con dinero destinado a la compra de cuatro viviendas en Almódovar. La mujer fue despedida del banco por "irregularidades en su actuación profesional"

Castillo de Almodóvar
photo_camera Almodóvar del Río, donde tuvieron lugar las compraventas

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba ha condenado a una pena de cuatro años de cárcel y multa de 3.000 euros a una mujer, que ejercía como directora de banco y supuestamente se apropió de manera indebida de dinero en la compraventa de viviendas en la localidad cordobesa de Almodóvar del Río, junto a otro acusado que "se encuentra en rebeldía".

Según recoge la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la procesada debe hacer frente al pago de indemnizaciones por unos 102.000 euros, al tiempo que los magistrados la absuelven de los delitos de estafa y estafa impropia de los que también se le acusaba.

En concreto, se da por probado que en marzo de 2005 se constituyó, mediante el otorgamiento de escritura pública, la sociedad dedicada a la promoción de viviendas, figurando entre sus socios fundadores la mujer, quien supuestamente era la encargada de la gestión de contratos y préstamos, "valiéndose de su condición" de subdirectora de una oficina bancaria en la capital cordobesa.

Al respecto, la acusada estuvo de directora de dicha entidad desde junio de 2007 hasta noviembre de 2008, fecha en la que fue despedida a raíz de "las irregularidades en su actuación profesional", relacionadas con los hechos por los que ha sido procesada. El domicilio social de la promotora radicaba en el propio domicilio particular de la acusada.

En el curso de la actividad de promoción de viviendas llevada a cabo por dicha entidad, la mujer, "actuando con ánimo de ilícito beneficio y de común acuerdo" con el otro acusado que se encuentra en rebeldía, también socio fundador de la empresa, presuntamente intervinieron en cuatro operaciones de venta de viviendas.

En este sentido, la procesada se encargó de redactar en su despacho los contratos privados de compraventa, con la información facilitada por el otro acusado, que se había puesto en contacto con los compradores, quienes entregaban cantidades a ambos, en ocasiones en el despacho de la oficina bancaria donde trabajaba, de modo que "daba a los adquirentes la impresión de solvencia empresarial asociada por entonces a dicha entidad de crédito", según los jueces.

Las operaciones

De este modo, en un primer caso un matrimonio adquirió una casa por más de 160.000 euros y abonaron a los acusados 51.000 euros; en un segundo caso, un hombre adquirió una vivienda por otros 160.000 euros y entregó 30.500 euros; en un tercer caso, fueron 154.300 euros por el inmueble y una pareja pagó a los procesados 31.000 euros; y en el cuarto caso, otra pareja adquirió otro inmueble por más de 160.000 euros y abonó un total de 24.000 euros.

Entretanto, los jueces señalan que a los compradores se les dijo que la obra correspondiente a las viviendas adquiridas se efectuaría en función de un proyecto de ejecución confeccionado por un arquitecto, así como que existía expediente de licencia de obras de dicha promoción tramitado ante el Ayuntamiento de Almodóvar.

Mientras, la entidad de crédito sería con la que se financiarían las obras, donde quedarían depositadas las cantidades entregadas a cuenta del precio y donde debían acudir para tramitar, si esa era su intención, la correspondiente subrogación hipotecaria para el pago del resto del precio pactado.

Ante ello, en la resolución se detalla que los compradores entregaron toda la documentación pertinente a la mujer, que actuaba en su condición de subdirectora o directora de la sucursal, "para dar a las operaciones de venta una apariencia de solvencia y legalidad", al tiempo que "encargaba las tasaciones de las viviendas" y "llegó a ofrecer incluso un mayor importe del préstamo con cargo a la vivienda adquirida".

"No ha devuelto cantidad alguna"

Así las cosas, los magistrados apuntan que "ninguna de las cantidades entregadas por los compradores fueron depositadas en cuenta alguna de la oficina bancaria o de cualquier otra", de modo que los vendedores "hicieron suyas las cantidades", sin haber dado cumplimiento a lo dispuesto en la normativa legal, según explican, a lo que añaden que la acusada "no ha devuelto cantidad alguna de las entregadas a cuenta del precio pactado en su día en las operaciones referidas".

Cabe destacar que la Fiscalía pidió inicialmente para la mujer y el hombre sendas penas de seis años de prisión y multas de 7.200 euros; la acusación, sendas penas de once años de cárcel y multas por unos 36.000 euros, y la defensa de la procesada, la absolución.